La captura del concepto de la transferencia se hizo viral en redes sociales

La captura del concepto de la transferencia se hizo viral en redes sociales@RubenSanchezTW

Málaga

El panadero de Coín asegura tener pruebas que demuestran que no pagó la «nómina abril maricón» a su empleado

A través de su abogado, el empresario confirma la existencia de una grabación realizada en el banco que prueba su inocencia

Tras las declaraciones vertidas en los últimos días por parte del sindicato CGT, que filtraron el embargo preventivo de 33.000 euros al propietario de la panadería de Coín La semilla de oro acusado de realizar una transferencia a su trabajador con el concepto «nómina abril maricón», el abogado que representa al panadero, Carlos Cómitre, ha negado los hechos y ha asegurado a EFE que el único responsable parece ser la entidad bancaria.

Abogado y cliente habían guardado silencio hasta ahora, «consciente de que cualquier respuesta, más allá de insistir en que el único responsable de los hechos es la entidad financiera, supondría dar más énfasis a la estrategia publicitaria del sindicato, con la única base de que en una transferencia el banco, y no la empresa, incluyó, por algún tipo de desafortunado error inexplicable, un concepto que en modo alguno comparte esta empresa», pero tomaron la decisión de compartir su versión de los hechos tras el anuncio del embargo preventivo por parte del sindicato.

Cómitre asegura que la empresa de su representado «valora y promueve la igualdad, la diversidad y la inclusión en todos los aspectos de su negocio, verse envuelta en un asunto como este le ha supuesto un daño que difícilmente puede ser compensado».

Como prueba de la inocencia del propietario, el letrado ha explicado que solicitaron y obtuvieron la grabación realizada en la entidad bancaria en el mismo momento que se ejecutó la transferencia y que, gracias a lo que se puede observar fotograma a fotograma en esa grabación, pueden «afirmar y reiterar que no fue ningún representante de la empresa quien introdujo tal concepto».

Debido a la ley de protección de datos, el acceso a esas imágenes sólo es posible en sede judicial, pero Cómitre se reafirma en que es «imposible» que el panadero diera esa instrucción en la oficina bancaria, tal y como asegura que queda demostrado en la grabación.

Esta misma semana, el Juzgado de lo Social número 5 de Málaga ordenó el embargo de cuentas y vehículos por valor de 33.000 euros al empresario tras no llegar a un acuerdo con su empleado y continuar el proceso por la vía judicial.

El incidente con la ya famosa nómina, ocurrido el pasado mes de mayo y que se saldó con dos denuncias para el propietario del negocio, una contra la dignidad del trabajador por su condición sexual y la otra por retraso en el abono del salario, así como por no respetar el Salario Mínimo Interprofesional, se resolverá en el juicio del próximo mes de enero de 2025.

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