El exmarido de Mónica Oltra, Luis Eduardo Ramírez Icardi, durante el juicio por abusos sexuales a una menor de catorce años

El exmarido de Mónica Oltra, Luis Eduardo Ramírez Icardi, durante el juicio por abusos sexuales a una menor de catorce añosEFE

El exmarido de Mónica Oltra pide la suspensión de su ingreso en prisión

Estaba previsto que el exmarido de la exvicepresidenta del Gobierno valenciano ingresara en la cárcel el próximo 16 de febrero

La defensa de Luis Eduardo Ramírez, el educador condenado por abusar sexualmente de una menor de edad y que estuvo casado con la exvicepresidenta del Gobierno valenciano Mónica Oltra, ha solicitado la suspensión o paralización de su ingreso voluntario en prisión, previsto para el día 16 de febrero.

El Tribunal Supremo confirmó la condena de 5 años de prisión a Ramírez y se tramitó su ingreso en la cárcel de Picassent inicialmente para el día 6 de febrero aunque su letrada solicitó posponerlo10 días porque tenía una cita médica el día 15 que por error se dijo que era el día 5.

En un escrito a la Sala al que ha tenido acceso EFE, se argumenta la petición «a la vista de que ha sido presentado Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional».

A disposición de la Justicia

Expone que «el condenado, ahora demandante de amparo, siempre ha permanecido, desde el ya lejano año 2018, a disposición de la justicia, compareciendo siempre que ha sido llamado y habiendo estado localizable en todo momento, pese a no tener ninguna medida cautelar desde el año 2018».

Igualmente, señala que una de las variables a tener en cuenta a la hora de resolver la suspensión de penas de prisión es «el eventual riesgo de eludir la acción de la justicia que pueda existir» y recuerda que se «satisfizo íntegramente la responsabilidad civil solicitada por el Ministerio Fiscal, concretamente 6.000 euros».

Además, considera que «cumple el requisito» por los años a los que ha sido condenado, ya que para la suspensión «cobra especial relevancia la gravedad de la pena impuesta» y el Tribunal Constitucional sigue «como directriz inicial que la pena se sitúe por encima o debajo de la frontera de los 5 años de prisión, que es la que sirve al legislador para distinguir entre las penas graves y las menos graves».

A ello suma que además de «la importancia de evitar la ejecución de una condena» que consideran que se ha impuesto «en vulneración de los derechos fundamentales de Ramírez», en caso de no suspenderse «todo apunta a que una eventual estimación del recurso tendrá lugar cuando se haya cumplido ya una parte muy importante de la prisión».

Por ello, solicita que se «suspenda el ingreso en prisión de Ramírez hasta que el recurso de amparo haya sido resuelto; o subsidiariamente hasta que este haya sido admitido o inadmitido a trámite por el Tribunal Constitucional».

Ramírez fue condenado a 5 años de prisión por haber cometido, cuando era monitor en un centro de menores, abusos sexuales a una chica de 16 años que estaba bajo la tutela de la Generalitat.

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