Fachada de la Audiencia Provincial de Alicante.

Fachada de la Audiencia Provincial de Alicante.EP

Condenan a siete años a un padre y su hijo por intentar matar a tiros a un hombre y herir a otro en Villena

Los agresores no podrán acercarse a las víctimas durante 10 años y deberán pagar indemnizaciones de 63.000 euros

La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a una pena de prisión de siete años por un delito de homicidio en grado de tentativa y otro delito de lesiones para cada uno de los dos miembros de una misma familia, padre e hijo, que intentaron matar a tiros a un hombre e hirieron a otro que trató mediar en una discusión entre familias en la ciudad alicantina de Villena, el tres de junio de 2016.

El tribunal les impide comunicarse y acercarse a menos de 300 metros de las víctimas por un periodo de diez años respecto del hombre que intentaron matar y de cinco años respecto del que resultó lesionado. Además, deberán indemnizar de forma conjunta con 60.000 a la víctima del intento de homicidio y 3.000 euros al hombre que resultó herido por las lesiones temporales y las secuelas físicas que sufrieron ambas víctimas a consecuencia de los hechos.

La sentencia absuelve al padre y al hijo del delito de tenencia ilícita de armas ya que, tras los informes de los peritos especialistas en balística, no ha quedado acreditada la comisión de dicho delito por parte de los dos hombres.

Los hechos comenzaron en la tarde del tres de junio de 2016 cuando una mujer, hermana e hija respectivamente de los condenados, acudió a casa de una de las víctimas, en el barrio de la Pedrera de Villena, con la intención de pedirle explicaciones sobre un asunto familiar, encuentro que acabó en un enfrentamiento.

Unas horas después, varios familiares de la mujer, entre los que se encontraban los penados, acudieron a la misma vivienda provistos de, al menos, cuatro pistolas, y comenzaron a efectuar disparos al aire pese a que vieron que la víctima se encontraba en la puerta de su domicilio y que alguno de los tiros podía alcanzarle.

En ese momento, un amigo de ambas familias que tuvo conocimiento de los hechos se personó en el domicilio con la intención de mediar en el conflicto. Cuando vio que la vida del perjudicado corría peligro, trató de protegerlo y llevarlo a un corral contiguo a la vivienda, con el fin impedir que las balas la alcanzaran. La sentencia considera probado que uno de los disparos, que iba dirigido al hombre que había discutido con los tiradores, desvió su trayectoria e impactó al mediador en el hombro. El hombre abandonó el lugar para recibir asistencia médica.

La otra víctima, que seguía refugiada en el corral, salió del mismo y se dirigió hacia el grupo de agresores, entre los que estaban los condenados, que comenzaron a dispararle con la intención de matarle. El hombre recibió dos impactos de bala, uno en el abdomen y otro en el tórax, que pusieron en riesgo su vida ya que necesitó tratamiento quirúrgico. Tardó 89 días en sanar de las heridas que sufrió a consecuencia de los hechos, que le dejaron como secuelas varias cicatrices.

El amigo que intentó mediar entre ambas familias y recibió un disparo sufrió una herida superficial por arma de fuego en el hombro izquierdo de la que tardó 24 días en sanar. La sentencia no es firme y se puede recurrir ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

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