Imagen de un vagón de metro siniestrado en el accidente ocurrido en Valencia en 2006

Imagen de un vagón de metro siniestrado en el accidente ocurrido en Valencia en 2006EFE / Luis Tejido

Condenan a la Generalitat a pagar a un alto cargo señalado en las Cortes por el accidente de Metro de Valencia

Dionisio García acusado por la Comisión de investigación en el Parlamento regional en 2016, con mayoría de la izquierda, como uno de los responsables del siniestro «por falta de cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales»

El exresponsable de Recursos Humanos de Ferrocarrils de la Generalitat (FGV) Dionisio García ha obtenido una indemnización de 10.000 euros como compensación moral por haber ser sido señalado como uno de los responsables políticos del accidente de metro de 2006, que causó 43 muertos, por la Comisión especial de investigación que concluyó en las Cortes regionales en julio de 2016.

García ya obtuvo un pronunciamiento favorable por parte del Tribunal Constitucional (TC), de modo que se anuló la parte de la resolución parlamentaria referida a él y puso en cuestión la forma en la que este tipo de comisiones atribuían conductas supuestamente ilícitas o antijurídicas a los investigados. Tras obtener el pronunciamiento favorable del TC, este ex alto cargo de FGV reclamó al Consell una indemnización de 10.000 euros por el daño moral y otros 3.000 en concepto de costas procesales, una petición que ahora el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) estima parcialmente en lo referido a la primera cantidad.

En las conclusiones de la Comisión del Parlamento autonómico que investigó el accidente de metro del 3 de julio de 2006 que dejó 43 víctimas mortales y 47 heridos se identificó a Dionisio García como uno de los responsables «por falta de cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales».

El TSJCV entiende así que las Cortes no respetaron el derecho de este alto cargo «a recibir la consideración y trato de no autor o no partícipe en conductas ilícitas» y, en consecuencia, lesionaron su derecho fundamental al honor. «Estamos ante un daño efectivo, no meramente hipotético o elucubrativo», concluye el alto tribunal valenciano

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