Una votante ejerce su derecho al voto en las elecciones generales

EFE

Elecciones Galicia 2024

Cómo podría influir el voto en blanco y la abstención en las elecciones gallegas este 2024

A menos de un mes del 18-F es importante estar al tanto de las modalidades del voto

Las elecciones autonómicas de Galicia están cada vez más cerca. El próximo 18 de febrero miles de ciudadanos gallegos votarán en las urnas los futuros diputados del parlamento gallego.

Con cada día que pasa surgen más dudas acerca de estas elecciones, sobre el voto por correo, el calendario, y sobre las diferentes modalidades de voto. Esta última es muy importante aclararla, ya que cada una tendrá un efecto distinto en el voto de los ciudadanos.

Voto en blanco

En primer lugar, tenemos el voto en blanco, esta es una alternativa a la que puedes acudir si no quieres expresar ninguna preferencia a ninguna de las candidaturas.

De acuerdo con la Ley Electoral, este voto es válido, y por ello se suma a los votos obtenidos por las candidaturas.

El voto en blanco no tiene ninguna consecuencia directa en la elección del candidato ganador. Sin embargo, sí afecta a los partidos minoritarios. Aquí entra la llamada Ley d´hont, un sistema de cálculo proporcional utilizado en el sistema electoral español. Según este, en cada circunscripción se excluye primero a aquellas candidaturas que no hayan obtenido, como mínimo, el tres por ciento de los votos válidos emitidos. Este porcentaje puede variar dependiendo si se trata de elecciones, generales o autonómicas.

El voto en blanco al ser un voto válido eleva el número total de votos. Por lo tanto, al incluir los votos en blanco, una candidatura necesita más votos para lograr escaño. Se cuenta como voto en blanco:

  • Voto a una candidatura legalmente retirada.
  • Sobres sin papeleta.
  • En el caso de electores que se encuentren temporalmente en el extranjero, papeletas sin el nombre del candidato.

Voto nulo

Existe también el voto nulo. Este tipo de voto no puedo ser computado, por lo que no es un voto válido. Esto quiere decir que no ha sido emitido de manera correcta o no cumple los requisitos legales. Estos votos no influyen en el resultado final de las elecciones. Son votos nulos los que:

  • Tengan más de una opción marcada
  • Se haya modificado, añadido o tachado el nombre de los candidatos
  • Se haya alterado el nombre o se haya escrito cualquier mensaje sobre el papel de los votos

Estas situaciones pueden darse de diferentes maneras, desde simple errores en el proceso de votación, hasta la presentación de alteraciones conscientemente en señal de protesta o disgusto.

Aquellos votos depositados en sobres diferentes a los oficiales, o sobre que hayan sido alterados, también se consideran nulos. Al igual que cuando se presenta un sobre en los que haya más de una papeleta de distintas candidaturas.

Abstención

Por último, la abstención. Consiste en no ejercer el derecho al voto que poseen todos los ciudadanos españoles. Puede ser por la razón que sea, apatía política, descontento general o falta de confianza en el sistema electoral. En principio no tiene por qué tener ninguna influencia, ni positiva ni negativa, en ningún partido.

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