Casa Cornide en La Coruña

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Los Franco alegan ser «propietarios de buena fe» de la Casa Cornide y denuncian «oportunismo político»

Defienden que la han usado de forma «pública, pacífica, ininterrumpida y en concepto de dueños» desde hace 62 años

La familia Franco ha contestado en un escrito de alegaciones presentado en el Ayuntamiento de La Coruña contra la revisión de oficio de los acuerdos plenarios que, en 1962, llevaron a la adquisición del inmueble por parte del Pedro Barrié de la Maza y su posterior cesión a la familia Franco.

Los Franco defienden que son los «propietarios de buena fe», toda vez que vez que la han usado de forma «pública, pacífica, ininterrumpida y en concepto de dueños» desde hace 62 años sin que el ayuntamiento realizase una reclamación sobre su propiedad.

Además, recuerdan un auto de la Audiencia Provincial de La Coruña con respecto al Pazo de Meirás para alegar que «la mala fe no se traslada a los herederos necesariamente» y para reiterar que la propiedad del inmueble habría sido adquirida «por usucapión o prescripción adquisitiva».

Oportunismo político

En este escrito, los Franco alegan que «en más de medio siglo», el Ayuntamiento de La Coruña, «consciente y voluntariamente, ha diferido sus posibilidades de reacción» ante estos acuerdos que ahora busca anular, que eran «conocidos por la administración en todo momento». Por ello, no ven otra motivación a esta actuación que no sea «un evidente oportunismo político».

Para la representación de los Franco, no existe en este proceso «ningún perjuicio para el Ayuntamiento» que motive la revisión de oficio de los acuerdos y consideran que el consistorio «realmente lo que pretende es incorporar al patrimonio municipal un inmueble que únicamente estuvo en su poder apenas un mes» y «de forma instrumental» para dar paso a su subasta.

Así, rechazan que la Casa Cornide hubiese sido sede municipal en el siglo XIX y avanzan que pedirán «la prueba correspondiente».

Además, sobre el inmueble actual, la familia Franco señala que no está constituido exclusivamente por el edificio subastado, si no que Carmen Polo, con posterioridad, «adquirió otra parcela contigua a dicho inmueble, que fue anexionada».

Por eso, recuerdan, si «los actuales propietarios perdiesen la propiedad», el Ayuntamiento «no solo debería indemnizarles por la pérdida de dicha propiedad, si no también de dicha parcela adquirida con posterioridad».

Finalmente, alegan que el proceso de revisión es nulo ya que «no se ha emplazado a todos los interesados», principalmente a los herederos de Pedro Barrié de la Maza, a quienes se debe «conceder trámite de audiencia».

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