La constructora de Inditex y otra firma deberán pagar un millón de euros a un albañil de Vigo por un accidente
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia establece la indemnización por un siniestro laboral de 2007 en el que un operario quedó parapléjico
La constructora de Inditex, Goa Invest, y la firma Incoga Norte, del mismo sector, deberán pagar una indemnización de un millón de euros a un trabajador de Vigo por un accidente laboral ocurrido en la ciudad de Vilanova i la Geltrú, en la provincia de Barcelona, en 2007. Así lo ha establecido una sentencia reciente emitida por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en la que se ratifica en su totalidad otra emitida previamente en primera instancia.
El siniestro se produjo en unas obras que consistían en la reforma interior para la ampliación de un local comercial. El promotor de la actuación era Zara España. El trabajador que acaba de lograr esta indemnización a su favor prestaba servicios para la compañía Incoga Norte, realizando funciones de albañil. El siete de junio de 2007, sobre las 9:15 horas se produjo el suceso cuando realizaba su trabajo para su empleadora, empresa subcontratada por Goa Invest, contratista principal para la ejecución de los trabajos.
En el lugar en el que se acometían las obras existía «una abertura en el suelo, de unas dimensiones aproximadas de 1,50 x 1,50 metros, que daba a la planta baja y estaba protegido por una red perimetral», pero el día anterior «se retiraron las vigas y planchas de hierro que cubrían el hueco, así como la red perimetral, colocándose un tablón que cubría el hueco», según recoge el fallo.
El momento fatal
El siete de junio de 2007, este operario y otros «se dispusieron a retirar el tablón, al objeto de proceder al hormigonado del hueco, para lo cual desde abajo se debería acceder al hueco desde un andamio, colocando una estructura, y el obrero vigués “cogió el tablón por uno de los extremos, y tras levantarlo entre los tres trabajadores para apoyarlo en el suelo, cayó por el agujero hasta la planta de abajo recorriendo una altura de entre tres y cuatro metros», según relata la resolución judicial.
La jornada previa al siniestro, el coordinador de la obra visitó la misma, «consignando el coordinador en la obra en la hoja de la visita que existía riesgo de caída por lo que se deben proteger todos los huecos de forjado con red vertical, se deben usar cinturones en trabajos superiores a dos metros de altura», según indican los jueces.
Manuel Escourido, coordinador del grado en Gestión Industrial de la Moda de la Universidad de La Coruña
«No somos conscientes del impacto que tiene el sector textil en Galicia. La gente sólo conoce Inditex»
En el informe de investigación del accidente de trabajo, elaborado por el servicio externo de prevención, se señala como factor de riesgo que propició el accidente que «en el momento del accidente no se disponía de protección colectiva para el hueco que se iba a descubrir».
Consecuencias tras el accidente
Los jueces relatan que a consecuencia de dicho accidente laboral, «el demandante, de 44 años de edad en dicho momento, sufrió lesiones consistentes en paraplejía completa con pérdida total de las funciones de las extremidades inferiores, pérdida de control de esfínteres vesical y rectal y espasticidad a nivel abdominal y de miembros inferiores». Asimismo, presenta un perjuicio estético bastante importante derivado de las cicatrices quirúrgicas y el uso de silla de ruedas, que tuvo que adquirir por importe de 20.290 euros. La Seguridad Social le reconoció una prestación de gran invalidez.
En 2016 y tras varias ramificaciones judiciales sobre el siniestro, el afectado, su mujer y sus hijos iniciaron una demanda para reclamar una indemnización civil por daños y perjuicios derivados del accidente de trabajo. En concreto, la dirigieron contra Incoga Norte, Goa Invest, Zara España y las aseguradoras Mapfre y Chubb Insurance Company of Europe. El caso arrancó en Cataluña, pero posteriormente se trasladó a Galicia. El Juzgado de lo Social número 1 de La Coruña absolvió a Zara y a Chubb Insurance, y condenó al resto de actores en el caso a pagar de forma solidaria una indemnización, que quedó fijada en 995.715 euros. Tras deducir las cuantías abonadas por las aseguradoras en concepto de indemnización por las pólizas de seguro contratadas, la cantidad quedó en 695.462 euros.
El caso llegó al Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que desestimó todos los recursos presentados, y avaló la sentencia anterior. Los jueces relataron que «no cabe asumir la culpabilidad o negligencia del trabajador que se le imputa, debiendo estarse, respecto de lo relativo a la materia de accidente de trabajo, a la inversión de la carga probatoria». Contra el fallo cabe interponer recurso en el Tribunal Supremo.