Zona urbanizada para conectar las calles Valencia y Coronel Cerviño Núñez, en La Coruña

La condena al Ayuntamiento de La Coruña por el juicio de los promotores sube a 600.000 euros

Los intereses legales ya suman casi 245.000 euros por este caso que se originó hace 20 años

La decisión que adoptó el Gobierno local de La Coruña en el año 2005 (entonces con el PSOE en el poder) sobre el polígono urbanístico H3.05 le saldrá muy cara a las arcas municipales. Un juez ha ordenado que se le paguen 350.000 euros a los promotores de aquella actuación y que, además, se abonen los correspondientes intereses legales de 20 años, que ya suponen otros 245.000.

La suma de ambos conceptos, tanto el propio castigo impuesto por el juez como el recargo por demora, elevan la condena a cerca de 600.000 euros. Cabe explicar que los Presupuestos Generales del Estado establecen los montantes que hacen crecer la deuda, que desde 2005 hasta la actualidad han oscilado entre el 3 % y el 5,5 %.

El interés solo por el período entre 29 de diciembre de 2005 y el 31 de diciembre de 2006 ascendió a 14.055 euros. Mientras que por todo 2007 la cifra correspondiente subió a los 17.416 euros. Así sucesivamente hasta completar todo el período hasta la actualidad. Esto supone que la condena total que deberá pagar el Ayuntamiento se incremente de forma sustancial.

Sentencia

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de La Coruña emitió el pasado mes de diciembre una sentencia en la que reconoce el derecho de la Junta de Compensación H3.05 (una entidad urbanística que asume la urbanización del ámbito) a cobrar «348.524,43 euros», con los intereses legales desde hace 20 años tras considerar que la orden municipal de 2005 se realizó sin ningún amparo jurídico, por lo que no se podía exigir ese dinero. Contra el fallo cabe recurso, con lo que el proceso judicial se podría alargar todavía más, y de paso, crecer todavía más la indemnización que deban percibir los demandantes.

El caso afecta a un desarrollo urbanístico ubicado entre las calles Valencia y Coronel Cerviño Núñez, en Monte Alto. El Ejecutivo local aprobó en 2005 el proyecto de obra de los promotores para urbanizar esta zona y exigió el pago de la obligación legal de cesión del 10 % del aprovechamiento. Esto último quedó cuantificado en 401.927,63 euros. Al mismo tiempo, autorizó abonar 53.403 euros del coste de la obra de urbanización de las parcelas exteriores al ámbito del polígono precisas para conectar las dos calles a los dueños del suelo. La diferencia, de 348.524,43 euros, fue la cantidad que pagaron finalmente los promotores de este ámbito.

Años después, los promotores descubrieron que la orden municipal no tuvo ningún amparo jurídico al tratarse de un suelo urbano consolidado y no tener lugar la cesión obligatoria. A raíz de esto, iniciaron un largo proceso administrativo y judicial para recuperar su dinero.

La sentencia recoge que el «ingreso indebido» corresponde a los 348.524,43 euros y que no se puede aplicar este mismo concepto a los 53.403,20 euros porque «no se acredita en modo alguno que el daño patrimonial» sobre esta partida.

Intereses legales

La sentencia llega después de que los promotores llevasen ante la Justicia un acuerdo aprobado por la Junta de Gobierno Local en fecha 23 de mayo de 2023, en el que se acordó ejecutar una resolución judicial previa del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en la que se obliga a abonar la indemnización de 348.524,43 euros, más intereses legales.

Sin embargo, el punto de conflicto radicó en la fecha en la que se empieza a aplicar esto último. El Ayuntamiento fijó 2018, mientras que el juez ahora establece la fecha «del ingreso», es decir, desde 2005.