Consejería de Empleo

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Varias empresas cordobesas se ven obligadas a devolver las ayudas de sobrecoste energético por un error de las comercializadoras

La Junta ha comenzado esta semana a reclamar las subvenciones al entender que no se ajustan a los requisitos previstos en el decreto Ley 6/2023 de 11 de julio

De momento son doce empresas en Córdoba pero pueden ser muchas más en toda Andalucía. En este caso afecta a algunas empresas y autónomos que optaron , a través de la firma ECSA Consultores, a las subvenciones para compensar el sobrecoste energético de gas natural y/o electricidad a pymes y personas trabajadoras autónomas, especialmente afectadas por el incremento excepcional de los precios del gas natural y la electricidad provocados por el conflicto ruso-ucraniano.

ECSA, empresa dedicada a la captación de capital público para el sector privado, había tramitado 140 expedientes con una concesión inicial de 515.475,39 euros para empresas y autónomos de Córdoba. De momento han llegado reintegros por valor de 48.862,41 euros, que inicialmente afectan, como decimos, a doce empresas y/o autónomos.

La ayudas se convocaron el pasado mes de julio de 2023, a través del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA Extraordinario núm. 20) en el que se publicaba el Decreto-ley 6/2023, de 11 de julio, por el que se establecían las bases reguladoras para optar a las subvenciones. Unas ayudas dotadas con un presupuesto total 525 millones de euros y destinadas a aquellas pymes y autónomos particularmente afectados por el sobrecoste energético ya mencionado, entre el 1 de febrero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022.

El funcionamiento era el siguiente: la información para los cálculos del consumo facturado y precio medio por kWh sería exclusivamente la suministrada por las empresas comercializadoras, a las que el solicitante señaló como sus proveedores externos y autorizó la consulta de sus datos de facturación . En su caso las comercializadoras cedieron estos datos «aparentemente de forma correcta», según informan a este diario desde ECSA. Las ayudas fueron resueltas en noviembre de 2023, y abonadas antes de finalizar el año de 2023.

La Junta comprueba que hay datos erróneos

El problema aparece a mediados de este año, cuando comienzan a llegar a las empresas y autónomos que fueron beneficiarios «Acuerdos de Inicio de reintegro», con causa en la equivocación de las empresas comercializadoras en la cesión de sus datos. En todas las resoluciones se indica lo siguiente: El órgano gestor, tras la concesión de la subvención y como parte del proceso de comprobación de la ayuda, ha procedido a verificar la coincidencia de los datos suministrados por las empresas comercializadoras tenidos en cuenta para el cálculo de la cuantía concedida con las facturas emitidas por dichas comercializadoras a sus clientes. Como resultado de las tareas llevadas a cabo, se han detectado diferencias en la interpretación, de la inclusión o no, de los conceptos facturados susceptibles de ser subvencionables, y por tanto, a tener en cuenta para el cálculo de la ayuda.

Y añaden que con objeto de homogeneizar las magnitudes tenidas en cuenta para el cálculo de la subvención con arreglo a las directrices marcadas por el órgano gestor en cuanto a los conceptos de potencia contratada y consumo energético de manera uniforme para todas las comercializadoras, el órgano gestor ha solicitado nuevamente a las comercializadoras afectadas, tanto de gas natural como de electricidad, la remisión de los valores actualizados.

Ahora, tras haber cedido los datos correctos y su actualización, hay empresas que pierden su condición de beneficiarias teniendo que reintegrar de forma parcial o total este importe que recibieron destinado a paliar una situación de aumento de costes energéticos.

Con intereses de demora

El resultado no es otro que acordar el reintegro total o parcial de la ayuda que fue concedida y abonada a la empresa, ofreciendo la Consejería un plazo de 15 días para presentar las alegaciones pertinentes. En caso de que estas no sean estimadas, lo que será el cauce normal del procedimiento, las empresas y autónomos recibirán sus cartas de pago, debiendo devolver el importe recibido más los intereses de demora (un 4%) desde que recibieron el pago de la subvención, «acarreando estas con los errores de las comercializadoras y del órgano gestor de la Junta de Andalucía, por no verificar la correcta cesión de datos», como denuncian desde ECSA.

Entre las comercializadoras que han puesto de manifiesto los errores materiales en la cesión de datos se encuentran Iberdrola Clientes S.A.U., Holaluzclidom S.A., Unieléctrica Energía S.A., Repsol Comercializadora de Electricidad y Gas S. L.U., Totalenergi Mercado España S.A.U. y Axpo Iberia S.L.

Curiosamente la única que todavía no parece afectada es Endesa.

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