Reflexiones en voz altaJuan Rafael Toledano

Vida

«Y aquí no caben medias tintas, pues no se puede morir solo un poquito»

Actualizada 09:38

Aunque quiero exponer mi reflexión en voz alta sobre el aborto, he preferido titular esta pieza con la palabra vida. Sí, la palabra vida representa alegría y esperanza, mientras que la de aborto trae a la mente, pena y muerte, y yo soy vitalista y prefiero las alegrías a las penas.

Son muchos los derechos fundamentales que se recogen en nuestra Constitución como el derecho a la vida y a la integridad física y moral; el derecho a la igualdad y prohibición de discriminación; el derecho a la libertad ideológica y religiosa; el derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen; el derecho a la libertad de expresión, información y creación; el derecho a la educación y el conocimiento…, y muchos otros que harían larga la lista en este momento.

Aunque todos son derechos fundamentales, unos son más fundamentales que otros, sin que ninguno pierda su importancia y relevancia. Algunos de estos derechos no sólo son eso, sino que también, y sobre todo por ello, son derechos naturales: derechos que nacen del propio ser, sin necesidad de que nada deba reconocerlos para su existencia. Y el primero, más natural y fundamental, es el derecho a la vida, pues si no hay vida ya no hay sujeto para que pueda disfrutar de los demás derechos, fundamentales o no.

Algunas veces entran en conflicto esos derechos fundamentales, tanto en la misma persona, como con los de otras y, lógicamente se ha de establecer un rango por el cuál uno de esos derechos debe ceder ante el otro.

Típicos, y fáciles de entender, por vivirlos a menudo, son los conflictos entre el derecho a la información o a la libertad de expresión con el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, sobre los que el Tribunal Constitucional ha tenido que expresar doctrina para determinar cuándo debe ceder uno u otro.

Los defensores del aborto basan su defensa, principalmente, en el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo y a una libertad sexual sin riesgos de embarazos no deseados. Contraponen el derecho a la vida con el de tener relaciones sexuales sin quedar embarazadas.

En vez de facilitar la educación y los medios anticonceptivos (cada cual los que estime oportunos), prefieren anteponer su integridad física y libertad sexual al derecho a la vida del nasciturus, a quien se le niega la misma.

El nasciturus es la persona que ha sido concebida pero que todavía no ha nacido, y se encuentra reconocido en nuestro Ordenamiento Jurídico en el artículo 29 del Código Civil que dice textualmente: «El nacimiento determina la personalidad; pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazca con las condiciones que expresa el artículo siguiente». Y yo me pregunto ¿Puede existir un efecto más favorable para el nasciturus que nacer? Lo dicho, si se le priva de nacer, se la privaran de todos los demás derechos.

Pero, desde luego, lo que no aguanta la confrontación es el derecho a la libertad sexual y a la integridad física con el derecho a la vida. El derecho a la vida es el derecho fundamental por excelencia, que no cede ante ningún otro y cuando se enfrenta al de otra persona, se encuentra regulado como derecho a la legítima defensa que determina cómo, cuándo y en qué circunstancias prevalece un derecho a la vida y a la integridad física frente al de otro, pero todos los demás derechos decaen ante el derecho a la vida.

Miren si es así, la dependencia de cualquier derecho del derecho a la vida y a la integridad física y moral, que hasta la exposición de motivos de la reciente Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, (con ese sesgo de lucha feminista, como si los hombres, por regla general no respetaran los derechos de las mujeres), viene a reconocer que éste derecho a la libertad sexual se fundamenta en el derecho a la dignidad de la persona y, sobre todo, a los derechos que garantizan los artículos 15 y 17 de la Constitución que son el de a la vida y a la integridad física, y a la libertad y seguridad.

Y para poder ejercer correctamente la libertad, y valorar la contraposición de derechos fundamentales, nada mejor que el conocimiento. Cuanto más se conoce, más capacidad se tiene para decidir y para elegir.

Cuánto más se conoce más libre se es.

Por ello, me parece una aberración que se critique una propuesta, en la que se da a la persona que tiene que decidir la posibilidad de conocer, de saber, de tener todas, o la mayor parte, de las realidades que le rodean y poder tomar una decisión con conocimiento de causa. No sólo hay que informar a quien se plantea el aborto de los riesgos sobre su integridad física que ello conlleva, sino que también hay que informarle de los riesgos a su integridad moral y, por qué no de los daños que se ocasionan a otro ser con derechos como el nasciturus que se encuentra en su vientre, a quién pueda ver y escuchar. Si con conocimiento de todo ello decide abortar, lo habrá hecho con más libertad, aunque para mí siga siendo una verdadera atrocidad el hecho de quitar la vida a otra ser.

Pero bueno, cuanto menos conocimiento más tontos, y cuanto más tontos más manejables y si cambiamos la semántica parece que se hacen cosas buenas, y así en vez de llamarlo aborto lo llamamos interrupción voluntaria del embarazo, o en vez de llamarlo suicidio asistido lo llamamos eutanasia y ya todo es más bonito, pero en realidad solo refleja muerte e incapacidad.

Y aquí no caben medias tintas, pues no se puede morir solo un poquito.

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