La aceraAntonio Cañadillas Muñoz

Le quitan la casa

Actualizada 05:00

Esta mañana madrugué un poco más porque cambiaría mi ruta acostumbrada. Atravesé un frondoso parque cuyo césped todavía olía a ese ambiente húmedo de amanecer de primavera. Al salir, en la acera de enfrente me encontré a un grupo de personas que hablaban entre ellas a la vez que dirigían sus miradas hacia arriba en dirección a una cuarta planta. Y me acerqué. Mi curiosidad por lo que allí estaba pasando me hizo hacerles una pregunta ¿Ocurre algo? Y me respondieron «Que le quitan la casa».
Y me acordé de cuando la burbuja estallaba en 2008 y de decenas de miles de personas se quedaban sin trabajo y no pudieron pagar la hipoteca, acabando en la calle. Tragados por el sistema. Sin casa y con cuantiosas deudas. Cinco años después, ni siquiera se conocía la magnitud del trauma que no aportaba datos definitivos sobre el número de desahucios. Las cifras más fiables, las del Colegio de Registradores, hablaban de 30.034 en el 2012. Casi un desahucio cada 15 minutos.
Hoy día la situación ha cambiado un poco y después de unos años tremendos, el número de lanzamientos sobre inmuebles practicados el año 2023 fue de 26.659, lo que ha supuesto ya un 30,3% menos respecto al año anterior (2022), de acuerdo con los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Según el informe, un 74,1% de los lanzamientos, 19.676, ha sido consecuencia de procedimientos derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), mientras que otros 5.260, el 19,7%, se derivaron de ejecuciones hipotecarias. Los 1.723 restantes obedecieron a otras causas.
Debido al aluvión de procedimientos de ejecución hipotecaria en estos años, los Gobiernos, principalmente desde el año 2013, han ido modificando las leyes con pequeñas reformas insuficientes, para cumplir con la normativa europea en materia de consumidores.
En este camino de tratar de cumplir con lo dispuesto por el TJUE, se publica la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social (ley que se dicta como consecuencia directa de la STJUE de 14 de marzo de 2013 -asunto C 415/11, caso Aziz), que introduce la posibilidad de suspensión de los lanzamientos (desahucios) siempre que se cumplan una serie de requisitos. Así, una vez la entidad bancaria, a través del procedimiento de ejecución hipotecaria, se ha adjudicado la vivienda, podemos encontrar una vía para suspender el lanzamiento hasta el 14 de mayo de 2024: la moratoria.
La moratoria actualmente en vigor por pocos días, es la posibilidad de suspender el lanzamiento hasta el 14 de mayo del 2024, que fue la prórroga de la de 2020, de forma que, aunque hayamos perdido la propiedad de la que era nuestra vivienda, quien se la ha quedado en subasta (el Banco) no pueda echarnos, al menos, durante un tiempo.
El día 28 de diciembre del pasado año, haciendo coincidir con el día de los inocentes, se publica en el BOE el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, y entre las medidas adoptadas, el Real Decreto-ley acuerda también la prórroga de la suspensión de los procedimientos de desahucio y de lanzamiento para hogares vulnerables sin alternativa habitacional regulada en el Real Decreto-ley 11/2020.
En dicha norma mixta, de diferentes temas en un solo Decreto-ley, se contempla la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2024 la suspensión de los procedimientos de desahucio y de lanzamiento por impago de alquiler para hogares vulnerables sin alternativa habitacional sujetos a la LAU de 1994 y para quienes habiten sin título una vivienda que sean víctimas de violencia de género, dependientes o con dependientes o menores a su cargo, y se encuentren en situación de vulnerabilidad.
Concluyendo, que mientras unos están más o menos salvados o más tranquilos hasta el 31 de diciembre próximo, los procedentes de ejecución hipotecaria estarán temblando si no se prorroga la moratoria porque estos casos pueden dispararse si el día 15 de mayo el Gobierno no hace sus tareas.
Y es que no nos cansaremos de repetirlo, el Gobierno tiene de plazo hasta mediados de mayo para prorrogar hasta el año 2028 la suspensión de desahucios a deudores hipotecarios vulnerables que pactó con Podemos para que la formación votase a favor de convalidar el decreto anticrisis en el pleno del Congreso de los Diputados. Durante dicha la negociación, el Ejecutivo aceptó tramitar la norma como proyecto de ley y será en esa tramitación en la que se incorporará la prórroga pactada de la suspensión de los desahucios que se articulará a través de una modificación de la Ley 1/2013, que fue aprobada bajo el Gobierno de Mariano Rajoy y que ha sido modificada en varias ocasiones para extender las suspensiones, la última vez en 2020.
Y entre el silencio e incertidumbre que una persona vive mientras espera que la Comisión Judicial suba las escaleras, y tenga que entregarles las llaves de la vivienda, y marcharse de su casa, dejando en ella los miles de recuerdos encerrados entre sus muros; toda una vida, la de su familia, siempre le queda un fino hilo de esperanza, una orden, una frase, «se suspende la ejecución». En ese momento se mezclan lágrimas de desesperación con las de esperanza y alegría. Yo lo he visto. Y todo por los impagos de la hipoteca que suscribió cuando el empleo estaba más asequible, o porque la pequeña empresa que regentaba se hundió, o porque el desamparado autónomo no era capaz de equilibrar su economía por la cantidad de gastos e impuestos que tenia que soportar. Sin saber a donde ir; a casa de un familiar, a casa de un amigo…o a la misma calle, porque los Centro y Casas de acogida están repletos.
En esta reflexión nos cambiamos a la acera de enfrente. Allí nos encontramos dos viviendas habitadas con okupas, a sabiendas de que el propietario sabe bien que no los puede echar a la fuerza, ni tampoco cambiar la cerradura, ni dar de baja a los suministros de agua, luz ni gas; puesto que podría ser demandado por allanamiento de morada o coacciones, porque cuando un okupa invade una propiedad ajena adquiere derechos muy importantes: Derecho a no ser desalojado de la propiedad ajena sin una orden judicial. Derecho a considerar la propiedad ajena su morada en el momento que se cambia la cerradura de la puerta. Derecho a que el propio dueño de la vivienda no pueda forzar la puerta.
La verdad es que algunas mañanas es mejor no coger la acera y quedarse en casa.
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