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El exjugador brasileño del FC Barcelona Dani Alves declarando en la Audiencia de BarcelonaEFE

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La ley del ´solo sí es sí´ de Montero beneficia a Alves con una pena inferior a 6 años

El tribunal recuerda que la reforma penal de Montero «es más favorable al acusado, al establecer un marco punitivo más amplio, pero un límite inferior más bajo»

La inicial ley del ´solo sí es sí´ de la exministra Irene Montero, vigente cuando Dani Alves cometió la violación del Sutton, le ha permitido beneficiarse de una condena de cuatro años y medio de cárcel porque rebajaba la pena mínima por el delito de agresión sexual, que ahora vuelve a ser de seis.

Para fijar la condena a Alves, al que aplica la atenuante de reparación del daño, la sección 21ª de la Audiencia de Barcelona se basa en el marco punitivo más favorable para el acusado: los artículos 178 y 179 del Código Penal, de acuerdo con el redactado inicial de la ley del ´solo sí es sí´, antes de que el PSOE pactara con el PP reformarla.

Y es que el futbolista cometió la violación la noche del 30 de diciembre de 2022, cuando llevaba dos meses vigente la ley del ´solo sí es sí´ de Irene Montero, que en marzo de 2023 se acabó reformando con los votos de PSOE y PP –y la oposición de Unidas Podemos– tras la polémica originada por las inesperadas rebajas de pena y excarcelaciones de violadores.

Rebaja de la pena mínima

La ley de Montero apostaba por el consentimiento como eje de la violencia sexual y unía en un solo delito lo que antes eran dos –abusos sexuales y violaciones–, con lo que rebajaba la pena mínima a cuatro años de cárcel y ampliaba a doce la máxima.

Seis meses después, el PSOE impulsó su proposición de ley para reformar los aspectos legales que habían despertado más polémica y volvió a situar en seis años de cárcel la pena mínima en las violaciones que se cometieran con violencia e intimidación, tal y como estaba previsto en la legislación antes de los cambios impulsados por la exministra de Igualdad.

En el caso de Alves, el tribunal recuerda que la reforma penal de Montero «es más favorable al acusado, al establecer un marco punitivo más amplio pero un límite inferior más bajo», por lo que, al reconocerle la atenuante de reparación del daño, la pena queda en cuatro años y medio de prisión.

La Fiscalía pedía nueve años de cárcel para el internacional brasileño, al que no reconocía ninguna atenuante, mientras que la acusación particular ejercida por la víctima lo elevaba a doce años de prisión, la pena máxima con la legislación vigente en el momento.

Las reformas impulsadas por el PSOE a la ley del ´solo sí es sí´, que abrió una brecha con sus socios de gobierno de Unidas Podemos, mantuvieron la agresión sexual como tipo único, pero elevaron las penas mínimas que habían propiciado las rebajas de condenas de agresores sexuales al rescatar las horquillas del anterior Código Penal.

El consentimiento de la ley, clave en la sentencia

Por otra parte, el paradigma que impuso la ley de Montero, que establece la falta de consentimiento como eje de los delitos contra la libertad sexual, ha resultado sin embargo clave para condenar a Dani Alves, el primer caso mediático de violación que ha llegado a juicio bajo la ley del ´solo sí es sí´.

De hecho, la propia sentencia reconoce que en los delitos de agresión sexual no es preciso que existan «lesiones físicas, ni que conste una heroica oposición de la víctima a mantener relaciones sexuales». Y en este caso, según el tribunal, es «más que evidente» que hubo violencia para «forzar la voluntad» de la joven.