
Imagen de la jura de Bandera celebrada este sábado en Alcobendas
El origen y el significado real de las juras de Bandera
Se trata de uno de los actos más solemnes que existen y no está reservado en exclusiva a los miembros de las Fuerzas Armadas; cualquier ciudadano puede tomar parte en una Jura civil
Resulta ciertamente difícil precisar en qué momento de la Historia y en qué región geográfica surgió el acto que hoy en día denominamos Jura de Bandera. Sabemos que el acto de tomar juramento a quienes ingresaban en el Ejército es una tradición que se remonta, al menos, a la Antigua Roma. En aquel entonces, un ciudadano adquiría jurídicamente el estatus de legionario mediante el denominado «sacramentum».
En España, hay registros de esta práctica desde la Edad Media, durante la Reconquista. A través del juramento se establecía un vínculo especial entre el monarca y el soldado, que no era el mismo que el establecido con un súbdito común; el soldado recibía un salario y armas del Rey, y se le otorgaba la legitimidad para ejercer la violencia, siempre dentro de ciertos límites.
Aunque a lo largo de los siglos la Jura de Bandera ha ido evolucionando para adaptarse a los tiempos, mantiene su esencia. Estas ceremonias se han venido celebrando con gran solemnidad en las principales calles y plazas de ciudades y pueblos. El beso a la Bandera es un gesto simbólico que representa el compromiso y la lealtad hacia España.
La Jura de Bandera Civil
Tal y como señala el Ministerio de Defensa, la Jura de Bandera civil es un acto solemne en el que puede participar cualquier ciudadano. Dicho acto se puede realizar en las fechas en las que las Fuerzas Armadas, ya sea el Ejército de Tierra, la Armada y o el Ejército del Aire y del Espacio, designan periódicamente en diversas localidades a lo largo y ancho de España. Las solicitudes pueden tramitarse de forma sencilla a través de la correspondiente página web del Ministerio de Defensa: https://www.defensa.gob.es/defensa_yo/juras-bandera/.Se trata de una manifestación cívica, pública e individual de lealtad hacia España y los españoles, una promesa de defender los intereses comunes y de contribuir al bienestar colectivo, actuando como un buen ciudadano. El ciudadano decide, de manera voluntaria, mostrar públicamente su disposición a colaborar por el bien común. Es una promesa personal que se asume tanto en el ámbito laboral como en el familiar, en la vida pública o en la privada. Aquí puede incluirse el colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado cuando sea necesario.

Una mujer participa en la Jura de Bandera para personal civil, en la plaza de Oriente, a 16 de marzo de 2024, en Madrid
Además, dentro de los mencionados valores éticos, la Jura de Bandera civil puede suponer el apoyo a la seguridad y la defensa de España. Es por este motivo por el que algunos civiles eligen unirse a las Fuerzas Armadas como reservistas voluntarios, algo que no es obligatorio, participando en prácticas anuales que van desde una semana hasta un mes. Tras estas prácticas, los reservistas pueden ser llamados para ofrecer su experiencia en diversas operaciones o misiones.
Requisitos
Debe tenerse en cuenta que, según lo establecido en la orden de Defensa 1445/2004, para jurar bandera es necesario contar, como mínimo, con 18 años de edad. Sin embargo, no hay un límite máximo de edad para participar en esta ceremonia. Otro requisito esencial es poseer la nacionalidad española y no haber sido declarado incapaz por una sentencia judicial firme.
En cuanto a la indumentaria, por regla general nadie es rechazado ni se le impide prestar juramento por su forma de vestir, pero es conveniente seguir un cierto protocolo acorde con la solemnidad del acto. De esta forma, lo habitual es que los hombres utilicen traje oscuro y las mujeres traje corto.

Don Felipe, en la jura de bandera celebrada a bordo del Elcano en Montevideo en 1987
Por otra parte, según establece la Orden DEF/8/2017, de 9 de enero, «para que no desmerezca la importancia y trascendencia del acto, entre la fecha del juramento o promesa inicial y su renovación deberá mediar un lapso de tiempo de, al menos, veinticinco años». Únicamente en circunstancias extraordinarias se podrá autorizar la renovación del juramento sin que sea necesario cumplir el citado plazo.
Diferencias entre los actos militar y civil
En el juramento militar se hace referencia a los «soldados» en lugar de a los «españoles» en general. Por otro lado, el acto de juramento ante la Bandera de España para los militares se divide en dos partes, mientras que para los civiles se limita a una sola. Así, tras prestar su juramento o promesa y pasar uno a uno para besar la Enseña Nacional, los militares desfilan de a tres bajo el arco formado por la Bandera y el sable de la autoridad militar que les ha tomado el juramento, que suele ser el jefe de la unidad que organiza el acto. Este gesto simboliza la aceptación por parte de España del compromiso de los militares. En contraste, los civiles solo realizan el paso de a uno frente a la Bandera.