Infracción grave
6.000 euros de multa por una infracción que el conductor no sabía ni que existía
En este caso queda muy claro que el desconocimiento de la ley no exime a nadie de su cumplimiento, aunque ello nos cueste 6.000 euros de multa
Los excesos de velocidad, los despistes al volante por la utilización del teléfono móvil y el consumo de alcohol al volante se han convertido en las tres infracciones prioritarias para la DGT, que ha ido endureciendo las sanciones a los conductores por estas infracciones.
En el caso de los excesos de velocidad el despliegue de radares ha sido la medida estrella del organismo, los hay de todos los modelos tipos y tamaños: fijos, móviles, de helicóptero, de obra, de tramo y en general todos los imaginables.
Todos los imaginables
En paralelo la DGT ha perseguido cada vez con sanciones mayores todos los dispositivos que usan los conductores para protegerse de los radares, desde los simples avisadores de radar a los inhibidores y últimamente a las redes sociales que avisan de la presencia de radares.
En este caso el conductor de este Audi A6 es sorprendido por una pareja de la Ertzaintza en el País Vasco con lo que parece ser un detector de radar.
Guerra electrónica
Este tipo de aparatos captan las ondas de radio que emiten los radares de la Policía, que habitualmente rebotan en la propia carretera, con lo que pueden ser detectadas a mucha distancia.
En este caso lo que hace es pitar y avisar al conductor de la presencia de un dispositivo de estas características. Este tipo de accesorios pueden entrar de lleno en lo conocido como guerra electrónica y, además, interferir sobre las ondas de la Policía. Esto lo que hace es que literalmente el coche sea invisible frente a los radares, lo que le permite circular a la velocidad que le da la gana sin ser detectado.
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En este caso corresponde a los agentes de la autoridad denunciar si el aparato es un simple detector o un inhibidor, pero para poder continuar la marcha exigen al conductor que borre el software del dispositivo y quite la antena que lleva oculta bajo la parrilla delantera.
Tal y como explica el Reglamento General de conductores de 2022.
Se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidadArtículo 13.6
El conductor insiste en que acaba de comprar el coche y que no conocía la existencia de este dispositivo, pues pensaba que era un simple navegador.
En cualquier caso y pese a su incredulidad, los agentes emiten una sanción al conductor, que podría ir de los 500 euros a los 6.000, a lo que se suman 3 puntos del carnet de conducir, tal y como indica el Reglamento General de Conductores.