Le Pen, ciertos matices
La situación es crítica en Francia. Atrapada entre dos opciones funestas: o bien cancelar a la candidata presidencial mayoritaria, o bien legislar a la medida de los intereses de la casta política
¿Es letal para Marine Le Pen la sentencia de «inelegibilidad» dictada por el Tribunal Correccional de París la semana pasada? No necesariamente. Puede que sí lo sea para la V República.
Convengamos, de entrada, lo más básico: los jueces no crean ley. Se limitan a aplicarla: en las sucesivas instancias de recurso a las que, para mejor garantía del acusado, ha de verse sometido un procedimiento. La ley es, en este caso, el Código Penal francés, más su actualización del 9 de diciembre de 2016. Ese Código contemplaba ya, antes de esa fecha, la inmediata aplicación provisional de tal pena inhabilitante, cuya aplicación dejaba al criterio argumentado del tribunal, en los casos de corrupción política y desvío de fondos públicos. Lo que la reforma añade es la obligatoriedad de aplicar la pena complementaria siempre y de modo automático.
La diferencia es relevante, porque el delito de desvío de un millón ochocientos mil euros en fondos europeos, por el que se acaba de condenar en primera instancia a la señora Le Pen, se extiende desde el año 2004 hasta el 15 de febrero de 2016. No es, pues, aplicable a su condena la norma, aprobada en diciembre de 2016, de inelegibilidad automática. Sino la regla de aplicación discrecional que establecía el Código previo, conforme a la cual los jueces debían justificar los argumentos específicos que la aconsejasen. Y así ha sido. De haberse aplicado la llamada «ley Sapin II» de 2016, la pena no hubiera exigido justificaciones. Si la sentencia contra la dirigente del RN las contiene, es porque, en la legislación conforme a la cual ha sido juzgada, se delega en los magistrados de la sala la facultad de aplicar tal pena complementaria o no.
La diferencia es, desde luego, relevante. En la medida en que la aplicación de la «inelegibilidad provisional» no era automática sino «interpretativa», el Tribunal de Casación estaría teóricamente legitimado para divergir de la interpretación y argumentación propuesta por el Tribunal Correccional de París. Y, de ser así, la ejecución de la pena en conflicto quedaría suspendida. Es la vía jurídica ortodoxa. Aunque plantea un problema mayor, al margen del acuerdo o desacuerdo entre los magistrados de una y otra instancia: ese problema se llama tiempo. Nada garantiza que, dada la sobrecarga del tribunal de casación, esa vista pueda realizarse y resolverse antes de que las elecciones presidenciales sean convocadas. El perjuicio para la acusada sería entonces irreparable.
Queda otra hipótesis. Sólo una: la política. Éric Ciotti, líder de la derecha gaullista (UDR) aliada con Le Pen, la anunció el miércoles pasado: aprobación parlamentaria urgente de una reforma en el Código Penal que hiciese desaparecer la pena de inelegibilidad inmediata. Se añadiría para ello al artículo 131-26-2 la corrección siguiente: «Habida cuenta del carácter fundamental del derecho de elegibilidad, la pena complementaria de inelegibilidad no puede ser objeto de ejecución provisional».
Es una vía rápida y segura, sin duda. Pero demasiado sabemos nosotros, por experiencia, hasta qué punto legislar en provecho del gremio político arrastra el mayor desprestigio de un parlamento ante sus ciudadanos. Es exactamente lo que hizo Pedro Sánchez con los delitos por los que fueron condenados sus aliados golpistas y defraudadores catalanes. Claro está que Sánchez cargaba ya con una historia política y moral para la que cualquier desprestigio sería cosa de risa. Pero, ¿va a haber en el parlamento francés una mayoría suficiente para prestarse a eso que no habrá ciudadano en sus cabales que no vea como un gremial privilegio?
La situación es crítica en Francia. Atrapada entre dos opciones funestas: o bien cancelar a la candidata presidencial mayoritaria, o bien legislar a la medida de los intereses de la casta política. Les aseguro que no sé cuál de las dos salidas tendrá efecto más catastrófico.