Fundado en 1910

Cartas al director

No declarar es lo habitual, pero el que calla, otorga

Llevo más de 33 años en la Administración de Justicia y 12 como profesor asociado de derecho procesal. En este sentido he estado presente en centenares de declaraciones en juzgados de instrucción y, como docente, en procesal penal, he explicado el derecho constitucional a no prestar declaración ante la autoridad judicial. Como comprenderán ustedes, la estrategia de Begoña Gómez, aconsejada por su abogado, de acogerse a su derecho a no prestar declaración como investigada es el pan nuestro de cada día en los tribunales penales, hasta la misma fase del juicio oral, por lo que no me ha sorprendido en absoluto.

Ahora bien, una cosa es lo jurídico y otra cosa es el sentido común. Un investigado al no declarar, aunque sea un derecho fundamental, y no significa automáticamente que esté reconociendo los hechos ni, por supuesto, ser culpable de nada, da una imagen muy negativa. Porque, piensen un poco, si a mí me denuncian o acusan de algo falso, ¿qué sentido tiene el callarse y no argumentar en presencia judicial mi más absoluta inocencia? Con este comportamiento, los meros indicios se van transformando cada vez más en dudas razonables, comienzo de las pruebas de que algo hay al respecto. Como letrado que también he sido y siendo conocedor de la inocencia de mi cliente o la no tipicidad de delito alguno, le hubiera aconsejado que, de forma escueta, al menos dijera algo así como «señoría, no soy culpable ni reconozco nada como cierto de los hechos denunciados, reservándome las acciones legales que me correspondiera contra los denunciantes desde este momento preciso». Ya veremos cómo acaba todo esto.

Juio José Elías

comentarios
tracking