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Irene Montero este jueves en el Congreso

Irene Montero, en su escaño del Congreso de los DiputadosEFE

Fisura legal

Un condenado por agresión sexual usa un resquicio en la Ley del 'solo sí es sí' para pedir una rebaja de la pena

El texto reduce la pena mínima de 6 a 4 años, lo que unido a una disposición del Código Penal, es aprovechado por la defensa para recurrir la sentencia de primera instancia

La llamada Ley del ‘solo sí es sí’, impulsada por el Ministerio de Igualdad y en vigor desde el pasado 7 de octubre, comienza a asomar sus primeras fisuras y contradicciones legales respecto al principal objetivo con el que fue aprobada.

Nacida con la supuesta misión de endurecer las penas a violadores y agresores sexuales, algunas incoherencias y vacíos legales plasmados sobre el papel van camino de ser empleadas por condenados en este tipo de casos para pedir, por chocante que parezca, rebajas y reducciones de las penas ya dictadas por los tribunales.

Ha sido el caso de un joven de Gerona sentenciado a 9,6 años de cárcel por haber forzado a una amiga cercana tras quedarse a dormir en su casa el 21 de abril de 2019. Pese a que la Audiencia provincial probó en primera instancia la veracidad de los hechos (además de otra tentativa de violación ocurrida con anterioridad) y estimó la pena total en esa duración, la defensa ha encontrado un resquicio que ha empleado para pedir una reducción de la condena.

La grieta en la que concretamente se centra el recurso armado por los abogados es el hecho de que la nueva ley reduce las penas mínimas por el delito de agresión sexual de 6 a 4 años. Una rebaja que, si se suma al aliciente de que el Código Penal, en su artículo 2.2, consagra el principio de la retroactividad de las leyes penales que favorezcan al reo (es decir, que la ley más ventajosa para el condenado sea la que prevalezca), conforma el argumento perfecto para que los letrados pidan la reducción de la condena impuesta hasta ahora.

«No cabe duda que en el presente supuesto la ley penal más favorable es la que entra en vigor el día 7 de octubre de los corrientes», reza el recurso presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por la defensa del condenado.

Es por eso que, de acuerdo a los cálculos realizados por los abogados, la pena por la agresión debería bajar de los 6,6 años estimados a los 4,8; mientras que la de la tentativa pasaría de 3 a 2. Casi tres años de rebaja que, en total, aliviarían de 9,6 a 6,8 los años de condena estipulados.

¿Poco futuro?

No está claro, pese a todo, su recorrido jurídico. La abogada de la acusación particular, Judit Gené, ha anunciado que responderán al recurso y le augura poco futuro, «pues a nadie escapa que la única finalidad de esta ley es endurecer las penas a los agresores sexuales y no beneficiar a los violadores», según recoge La Vanguardia.

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