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Una de las grandes novedades es que obliga a quienes quieran tener un perro a realizar un curso formativo

Ley Bienestar Animal: ¿si ya tengo perro tengo que hacer el cursillo?

La nueva normativa establece un curso obligatorio para las personas que vayan a tener una mascota

La Ley de Bienestar Animal se aprobó la semana pasada en el Congreso de los Diputados. La nueva regulación ha impuesto una serie de normas para los propietarios de las mascotas, sin olvidarse de la comercialización de los animales domésticos. Esta ley salió adelante gracias a los 174 votos a favor de PSOE, Unidas Podemos, ERC y Bildu, mientras que recibió 167 votos en contra y 7 abstenciones.

Entre otras medidas, incluye la prohibición de vender perros y gatos en las tiendas, un listado de mascotas prohibidas y, también, regula el tiempo que podemos dejar solos a nuestros animales de compañía.

Hoy en España están registrados más de 13 millones de mascotas en la Red Española de Identificación de Animales de Compañía (REIAC). En el caso de los perros y gatos, hay más población animal en los hogares españoles que niños mayores de 14 años.

Una de las grandes novedades es que obliga a quienes quieran tener un perro a realizar un curso formativo que les certifique como aptos para tenerlo. Será gratuito y probablemente se realizará de forma telemática, pero será obligatorio.

Por otra parte, todos los propietarios de los perros deberán disponer de un seguro de responsabilidad civil por daño a terceros. La póliza incluirá también en su cobertura a las personas responsables del animal.

¿Para quién es obligatorio el curso?

Ante esta situación la norma es clara, los dueños de los perros deben acreditar el curso, por lo que, a partir de este año, no solo será obligatorio para aquellos que deseen adoptar sino también para los que ya tienen un perro como mascota.

El artículo 30 de la ley recoge que «las personas que opten a ser titulares de perros deberán acreditar la realización de un curso de formación para la tenencia de perros con una validez indefinida». Quiénes no acrediten el curso, se enfrentan a pagar una multa.

Los propietarios que ya tienen un perro como mascota tienen un plazo de dos años para acreditar su capacitación, ya que la norma establece que «la obligatoriedad de haber realizado un curso formativo al efecto, con el objetivo de facilitar una correcta tenencia responsable del animal».

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