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Adultos defendiendo la ley trans en menoresGTRES

Las consecuencias de la ley trans: desde perder a tus hijos hasta experimentar con menores

Cualquier profesor que manifieste dudas en la postura se arriesga a la apertura de un expediente y sus correspondientes sanciones

La ley trans nacional, al igual que las autonómicas, «está redactada de espaldas a la realidad», ya que olvida el fenómeno de la disforia de género de inicio rápido (DGIR), asegura AMANDA, la agrupación de Madres de Adolescentes y Niñas con Disforia Acelerada.

Esta nueva ley ha supuesto un aumento de las peticiones a las unidades de tratamiento de la identidad de género de varios miles por ciento no solo en España, sino en todo el mundo desarrollado. El perfil de este aumento es claro: adolescentes (80 % chicas) que «jamás» dieron muestra alguna de discordancia con su sexo biológico durante la infancia, generalmente entre los 11 y 17 años.

La controvertida norma de Podemos también olvida a los «desistidores», personas que hicieron una transición social y desisten de la misma, con la carga emocional y psicológica que conlleva, y a los «destransicionadores», aquellas que fueron sometidas a tratamientos hormonales y/o quirúrgicos, con consecuencias irreversibles, y que se arrepienten de su transición.

El incremento exponencial del número de personas en estas circunstancias en nuestra sociedad, alertado por los profesionales de las Unidades de Tratamiento de la Identidad de Género y profesionales de reputación internacional en el campo de la salud mental, hace imprescindible que se legisle teniendo en cuenta estas realidades.

Uso de fármacos y cirugía

Una de las medidas más polémicas y comentadas es la prohibición de la terapia exploratoria. Al negar esta asistencia, lo que se promueve es el uso de fármacos y de cirugía. Es el o la joven, y no el especialista, quien decide si se hormona u opera.

A partir de los 16 años, o mucho antes si hay consentimiento paterno, el médico está obligado a atender la al paciente sin tener seguir sus principios éticos profesionales.

En este sentido, cualquier método que tenga como fin modificar la orientación o identidad sexual se prohíbe. Así lo redacta el artículo 17 de la ley, que considera terapia de conversión cualquier terapia psicológica o psiquiátrica que no sea afirmativa. Quién realice este tratamiento será castigado con una infracción muy grave, por lo que tendrá que pagar hasta 150.000 euros y tres años de inhabilitación profesional, junto con otras medidas sancionadoras.

Tratamientos experimentales

Según el BOE, se promueve la aplicación de tratamientos de forma excepcional. Es decir, los procedimientos específicos deberán formar parte de los protocolos sanitarios y son bloqueo puberal, hormonación cruzada y cirugías irreversibles.

Tanto los bloqueadores de la pubertad como la hormonación cruzada para el tratamiento de las personas transexuales no están recogidos en las indicaciones terapéuticas de los medicamentos utilizados y, en algunos casos, están expresamente contraindicados. Por tanto, solo deberían poder aplicarse en situaciones muy especiales, basándose en ensayos clínicos (que no se han realizado) y con los informes de la AEMPS. Son tratamientos experimentales.

Este punto es muy polémico, ya que un menor por muy maduro que sea, nunca tendrá ni la preparación técnica ni los conocimientos necesarios para poder ejecutar su propio autodiagnóstico y decidir su tratamiento, Menos aún cuando nos estamos refiriendo a tratamientos experimentales e irreversibles.

Los padres pasan a seugndo plano

Con esta nueva norma, aprobada el pasado 16 de febrero, se pone en peligro la patria potestad. Según el artículo 70.3, que habla de los menores de edad, la negativa a respetar la orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales de una persona menor por parte de su entorno familiar, deberá tenerse en cuenta a efectos de valorar una situación de riesgo.

Con este punto, lo que pretende el Ministerio de Igualdad es dejar en un segundo plano a los padres. Si estos no quieren enfrentarse a la posible pérdida de la patria potestad de sus hijos, se ven obligados a autorizar todos los tratamientos médico-quirúrgicos que les reclamen.

La «moda» de la ley

De igual manera, AMANDA considera que esta ley, que promueve el contagio social, se trata de «una moda». Con la finalidad de que cada vez llegue a más menores y se extienda a nivel nacional, Podemos obligará a todos los centros a mostrar una postura afirmativa y a abrir el correspondiente protocolo de atención a la alumna o alumno que se declare trans.

No obstante, todos los docentes deberán estar de acuerdo, porque cualquier profesor que manifieste dudas se arriesga a la apertura de un expediente y sus correspondientes sanciones, de hasta 150.000 euros y tres años de inhabilitación profesional.

En tres meses y sin informes

Por último, esta ley permite la autodeterminación de género. Es decir, cambiar el sexo registral en apenas tres meses y sin necesidad de presentar informes. Las personas con más de 16 años podrán hacerlo son consentimiento paterno. Los niños de 12 a 15 años lo podrán hacer con una autorización judicial.

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