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Varias niños a la entrada de un colegio en Madrid

Varias niños a la entrada de un colegio en MadridEuropa Press

El Consejo de Ministros aprueba el proyecto de ley que prohibirá el desnudo integral del menor para averiguar su edad

Pasará de ser un proceso administrativo a ser proceso judicial de orden civil, puesto que afecta al estado civil de las personas

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes dos proyectos de ley que protegerán y garantizarán los derechos de los menores en los procesos de determinación de la edad, con medidas como la prohibición de desnudos integrales y otras pruebas invasivas.

Según ha informado el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y ha recogido Europa Press, con estos proyectos se cumplen así las recomendaciones de los organismos internacionales en esta materia.

Además, la ley de la infancia daba un año para reformar el procedimiento de determinación de edad de los niños extranjeros que llegan solos a España y eliminar los desnudos integrales, exploraciones genitales u otras pruebas médicas especialmente invasivas que se venían practicando para establecer la edad del menor.

El primer proyecto de los dos aprobados regula el nuevo procedimiento de determinación de la edad, que pasa de ser un proceso administrativo a ser proceso judicial de orden civil, puesto que afecta al estado civil de las personas.

También atribuye la competencia, con carácter general, a los Juzgados de Primera Instancia especializados en asuntos de familia o, de no existir especialización, al que por turno de reparto corresponda.

En cuanto al nuevo protocolo, se rige por el principio del superior interés del menor, la presunción de minoría de edad, el derecho a ser oído y tomar parte en el procedimiento, la prohibición de pruebas invasivas y desnudos integrales, y la especialización de los profesionales intervinientes.

Asimismo, garantiza la asistencia jurídica gratuita desde el inicio del procedimiento, la asistencia de intérprete, y de quien ejerza la representación legal de la persona menor de edad.

Prevé la intervención del Ministerio Fiscal y solo podrá iniciarse el proceso cuando la persona que alegue su minoría de edad se encuentre indocumentada o existan motivos para impugnar la validez de la documentación aportada.

Justicia subraya que esta iniciativa se enmarca en los compromisos internacionales suscritos por España y, particularmente, en las resoluciones del Comité de Derechos del Niño, cuyos dictámenes reclaman un procedimiento de naturaleza judicial frente al modelo actual de naturaleza administrativa.

Mientras, el segundo proyecto de ley, de carácter orgánico y complementario del anterior, atribuye la determinación de la edad al Juzgado de Menores cuando la persona se encuentre detenida por su presunta participación en una infracción penal y exista duda razonable sobre su minoría o mayoría de edad.

La atribución de esta competencia se fundamenta igualmente en el principio de presunción de la minoría de edad que reconocen el derecho español y el internacional, recalca el Ministerio.

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