Consultorio inmobiliario
Me voy a divorciar y tengo una hipoteca en común, ¿qué podemos hacer?
El abogado y experto inmobiliario Víctor Ortiz aclara las dudas de los lectores de El Debate sobre los gastos deducibles en una compraventa
Los lectores de El Debate pueden enviar sus preguntas sobre asuntos inmobiliarios.
- En Junta ordinaria se facultó a la directiva a contratar un técnico que realizará un proyecto requerido por el ayuntamiento. Tanto el administrador como el presidente se niegan a informar sobre la contratación y la realización del proyecto técnico. Esto obedece a un requerimiento en donde se explicita multas y es por lo que he solicitado, sin ningún éxito, información al respecto. ¿Tengo derecho a ser informado?, ¿se está incumpliendo alguna ley?, ¿cómo y dónde denunció?
Juan
El derecho de información no está específicamente regulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Si bien, la jurisprudencia y la doctrina han abordado esta cuestión.
La negativa del Administrador a presentar o exhibir la documentación de la comunidad a los propietarios solicitantes podría suponer un incumplimiento de las obligaciones generales de su cargo, con infracción del art. 20 de la Ley de Propiedad Horizontal, que establece que el administrador tiene la obligación de «custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad». Por tanto, no ofrece lugar a la duda que cualquier comunero puede exigir al Administrador la exhibición de cualquier documento que le solicite, debiendo tenerse presente que se trata de mera exhibición, no de entrega del documento.
- ¿Qué vía quedaría a los comuneros para conseguir la exhibición de la documentación negada por el Administrador?
De acontecer dicha negativa, el comunero debería plantearlo ante la Junta y, en caso de persistir en tal negativa el Administrador, habría que acudir ya a la vía judicial para el cumplimiento de dicha obligación.
El Administrador tendrá obligación de exhibir (no de entregar) la documentación que justifique su desempeño, y sólo tendrá derecho a negarse en casos de fraude de ley y de abuso de derecho (p. ej.: cuando se intente dilatar una Junta pidiendo la exhibición de un gran volumen de documentos lejanos en el tiempo o que no guarden relación con el orden del día).
Por último, y de manera análoga, esta materia también se trata en el Informe 261/2013 de la Agencia Española de Protección de Datos sobre que un propietario de una vivienda en régimen de propiedad horizontal pueda acceder y tener copia de toda la documentación de la comunidad (salarios, honorarios profesionales, facturas, contratos, etc.) con la finalidad de conocer y comprobar la correcta gestión de las cuentas de la comunidad.
La AEPD considera que la transmisión de los datos solicitados a los propietarios será lícita siempre que sea necesaria para el desarrollo de actividades previstas en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) y, en concreto, para una correcta gestión de la comunidad de propietarios. Ahora bien, esta cesión se limitará a aquella información que resulte adecuada, pertinente y no excesiva para el cumplimiento de la finalidad en concreto, en este caso, al control del buen gobierno de la comunidad de propietarios.
Es importante mencionar que, además de lo estipulado en la LPH, las comunidades de propietarios pueden tener sus propios estatutos o reglamentos internos que también aborden el tema del derecho a la información. Estos estatutos o reglamentos deben respetar lo estipulado en la LPH y no pueden ir en contra de lo dispuesto en ella.
Si tienes dudas específicas, te recomendaría consultar tu caso concreto con un profesional legal especializado en la materia
- Mi mujer y yo vamos a divorciarnos y tenemos una hipoteca en común. ¿Qué soluciones tenemos para el futuro?
Luis
Cuando una pareja decide divorciarse y tiene una hipoteca en común, existen varias opciones a considerar respecto al préstamo y al inmueble. Dicho esto, la elección a tomar, depende fundamentalmente tanto de las circunstancias económicas, como de la relación entre la pareja.
La opción más aconsejable, es la venta de la vivienda y usar el dinero obtenido para pagar la hipoteca. Si queda algún excedente después de cancelar el préstamo, se puede dividir entre ambos proporcionalmente según su cuota de propiedad. Para mi esta es la mejor opción y la más limpia, puesto que rompes cualquier relación económica con tu futuro excónyuge.
Por otro lado, si el importe del préstamo es mayor que el del precio que obtendrías por el inmueble en caso de venderlo buscaría alguna otra alternativa como el alquilarlo durante un tiempo. Yo recomendaría esta segunda opción (alquiler) si ninguno de los dos puede quedarse con la casa, pero tampoco es un buen momento para vender (venta por debajo del capital pendiente de la hipoteca), y solamente si el alquiler cubre la hipoteca y gastos del inmueble, y por supuesto si la relación entre la pareja sigue siendo relativamente buena, ya que ambos siguen siendo legalmente responsables del préstamo.
Otras opciones:
- Refinanciación: Uno de los cónyuges puede decidir quedarse con la casa y refinanciar la hipoteca a su nombre. Esto requeriría que el cónyuge que se queda con la casa tenga la capacidad económica para que una entidad bancaria le conceda el importe por el nuevo préstamo.
- Asunción de la hipoteca: Algunas hipotecas permiten que uno de los cónyuges asuma la hipoteca existente, lo que significa que se haría completamente responsable del préstamo. Esta opción puede ser menos costosa que la refinanciación, pero no todas las hipotecas la permiten. Esta opción implicaría la adopción de un acuerdo de compensación: Si uno de los cónyuges se queda con la casa, puede acordarse una compensación para el otro cónyuge, reflejando el valor de su parte en la vivienda.
Es importante recordar que las decisiones relacionadas con la hipoteca y el inmueble deberían formar parte del acuerdo de divorcio para garantizar que ambos cónyuges estén protegidos. Además, es aconsejable consultar con un abogado especializado en divorcios para comprender mejor tus derechos y responsabilidades.
Asesor inmobiliario
Víctor Ortiz comenzó su carrera profesional en el Banco Santander en Estados Unidos, donde trabajó durante dos años en banca de inversión. Regresó a España y cofundó el startup Inmobiliaria Clicpiso y ahora se dedica a democratizar herencias en Heritae además de invertir en proyectos inmobiliarios.