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Renta 2023-2024: en qué casos es obligatorio declarar al vender una vivienda

A la ganancia patrimonial obtenida por la venta, se le debe aplicar el tipo impositivo que corresponda según los tramos establecidos por Hacienda para la Renta

Aún se mantiene la campaña de la Renta 2023 - 2024, y una de las dudas más frecuentes es si es obligatorio declarar la ganancia o pérdida al vender una vivienda. A este respecto, cabe recordar que si vendes un inmueble, tienes que incluir en tu declaración de la renta una ganancia o pérdida patrimonial. Si vendes tu vivienda habitual, la ganancia puede quedar exenta en determinados casos.

Como explican desde la Agencia Tributaria, cuando vendas o transmitas un inmueble (vivienda, local, garaje) que tienes en tu patrimonio, obtendrás una ganancia o pérdida que se determinará por la diferencia entre los valores de transmisión y adquisición. En este sentido, las adquisiciones gratuitas de un bien están sujetas al Impuesto de Sucesiones y Donaciones para el adquirente del bien y al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para la persona que transmite el bien.

Por otro lado, las personas mayores de 65 años no tienen que declarar la ganancia patrimonial derivada de la transmisión. Tampoco si eres una persona en situación de dependencia severa o gran dependencia de conformidad con la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia

Adicionalmente, si transmites tu vivienda habitual la ganancia patrimonial obtenida en la transmisión puede resultar exenta cuando el importe total obtenido por la transmisión lo reinviertas en la adquisición de otra vivienda habitual o en la rehabilitación de aquella que vaya a ser tu vivienda habitual.

La aplicación de la exención no opera automáticamente, sino que deberás manifestar la voluntad de acogerte a la misma y está condicionada a que tanto la vivienda transmitida como la adquirida o, en su caso, la rehabilitada tengan la consideración de vivienda habitual, así como a que la reinversión se efectúe en los plazos y condiciones establecidos por la ley, añaden desde el fisco.

Según puntualizan desde IADE España, es obligatorio presentar la declaración de la renta tras la venta de un piso en caso de haber ganado más de 1.000 euros o de haber perdido más de 500 euros.

A la ganancia patrimonial obtenida por la venta, se le debe aplicar el tipo impositivo que corresponda según los tramos establecidos por Hacienda para la Renta:

  • Ganancias hasta 6.000€: 19 %
  • Ganancias entre 6.000€ y 50.000€: 21 %
  • Ganancias entre 50.000€ y 200.000€: 23 %
  • Ganancias entre 200.000€ y 300.000€: 27 %
  • Ganancias superiores a 300.000€: 28 %

Recuerda que los porcentajes se aplican progresivamente. Por ejemplo, si has obtenido un beneficio de 20.000 € con la venta de un piso, los primeros 6.000 € tributan al 19 % y desde los 6.000 € hasta los 20.000 €, al 21 %, añaden desde IAD.

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