¿Puede el propietario echarme del piso si me compro un perro?
Víctor Ortiz y Miguel Gutiérrez, abogados y expertos inmobiliarios, aclaran las dudas de los lectores de El Debate sobre los derechos de los propietarios
El Debate ofrece un servicio de asesoramiento inmobiliario de la mano de los expertos Víctor Ortiz y Miguel Gutiérrez. Los lectores pueden enviar sus preguntas a través del formulario insertado bajo estas líneas.
En mi comunidad hay dos portales con un consumo de energía por encima de la media. Creemos que algún vecino está enganchado a la luz. ¿Cómo podemos saber quién es? En caso de encontrarle, ¿podíamos hacerle pagar ese consumo excesivo?
Evaristo
Para el caso que me comentas, lo primero que te recomiendo es que hagáis una inspección visual del contador general para revisar picos de aumento de consumo. Puedes ayudarte comparando con los portales de los que no sospecháis ningún fraude.
Igualmente, haced una revisión del cuadro eléctrico de los pisos/zonas comunes por si veis algún cable raro o conexión que no os encaja. Apoyaros en un profesional, un electricista detectará la conexión casi con total seguridad. Una vez detectado el enganche, por supuesto que podéis tomar acciones legales.
En primer lugar, convocaría una junta de la comunidad para informar a los vecinos de la situación, contratar al técnico, y descubierto el enganche y su responsable, convocaría de nuevo a los vecinos para estudiar las acciones legales contra este.
De poder probar el enganche y el perjuicio económico, es muy probable que tengáis derecho a una compensación económica
Para recuperar los costes por el enganche, recopilad prueba en todo momento, fotos del enganche, informe del electricista, estudio de comparativo del consumo de todos los portales, etc.
Mi consejo es que busquéis asesoramiento jurídico concreto para vuestro caso, pero de poder probar el enganche y el perjuicio económico, es muy probable que tengáis derecho a una compensación económica.
Vivo de alquiler. Nos hemos comprado un perro y al propietario no le gusta. No quiere que lo tenga y me ha llegado a decir si quiero vivir en su casa, no puedo tener perro. ¿A qué tengo derecho?
Pamela
La Ley de Arrendamientos Urbanos, ni el Código Civil que aplica supletoriamente, especifican nada sobre la tenencia o no de animales en una vivienda en régimen de arrendamiento, por lo que tu derecho a tener un animal dependerá de lo que pactarais al firmar el arrendamiento.
Si no se pactó nada, sí podrás disfrutar de tu perro en tu casa
Revisa tu contrato de alquiler, en caso de especificar que se prohíbe la tenencia de mascotas en la vivienda, no podrás tener el perro, mientras que si no se pactó nada, si podrás disfrutar de él en tu casa.
Asesores inmobiliarios
- Víctor Ortiz es abogado experto en Derecho de Sucesiones e Inmobiliario y perito judicial en valoraciones inmobiliarias. Comenzó su carrera profesional en el Banco Santander en Estados Unidos, donde trabajó durante dos años en banca de inversión. Regresó a España y cofundó la startup inmobiliaria Clicpiso y ahora se dedica a democratizar herencias en Heritae además de invertir en proyectos inmobiliarios.
- Miguel Gutiérrez es abogado especializado en asesoría jurídica de sociedades y Ley de Propiedad Horizontal. Comenzó su carrera profesional en un despacho de administración de fincas en Madrid, donde trabajó durante más de dos años como administrador y asesor legal. Actualmente, se dedica a ofrecer sus servicios en Heritae.