De Alfonso X el Sabio a la LOSU
Las Partidas de Alfonso X el Sabio se terminaron de redactar, tras más de una década de trabajo, hacia el año 1265, con el objetivo de dotar de seguridad jurídica a su reino
Las Partidas de Alfonso X el Sabio se terminaron de redactar, tras más de una década de trabajo, hacia el año 1265, con el objetivo de dotar de seguridad jurídica a su reino y establecer normas de convivencia generales para una sociedad en proceso de cambio como era la sociedad proto urbana de la baja Edad Media.
La partida segunda recoge aspectos tan importantes como la organización política, sucesoria y la separación entre el poder del temporal y el religioso del Reino. Lo que más me llama la atención, como profesor universitario, es el último de sus títulos, el 31, que versa sobre «de los estudios [lo que hoy entendemos como universidades]en que se aprenden los saberes y de los maestros y de los escolares». Es decir, hace más de 750 años, el legislador pensó que era importante detallar en su norma fundamental como organizar el «…ayuntamiento de maestros y escolares, que es hecho en algún lugar con voluntad y con entendimiento de aprender los saberes…».
El pasado 22 de diciembre, mientras que los niños de San Idelfonso cantaban el Gordo, nuestro legislador actual tuvo a bien aprobar en el Congreso una norma sucesora de la anterior para el sistema universitario donde se actualiza un marco «…complejo y multinivel, [que] ha protagonizado un continuado esfuerzo de transformación y democratización, alejándose de una concepción socialmente elitista para abarcar sectores cada vez más amplios de la población, y de una concepción intelectual cerrada y excluyente del saber, para entablar una relación de diálogo y colaboración, a través del conocimiento, el pensamiento crítico y la investigación, con el conjunto de la sociedad, con entidades, empresas y agentes sociales».
Tras estos objetivos tan loables el resultado lo resumía la portavoz de ERC en la Comisión del Congreso, que reclamaba, con razón, que gracias a su participación se había conseguido una ley de «sistemas universitarios» donde desaparece la diferencia entre laborales y funcionarios, que ya no tienen que ser mayoritarios, como forma de eliminar cualquier reminiscencia de los cuerpos estatales. Por supuesto, la selección no tiene que hacerse por parte de una agencia de ámbito nacional (palabra que con «país» ha sido emasculada del texto y ha sido sustituida por el término «Estado», más del gusto de los socios del gobierno), no vaya a ser que valore objetivamente a algunos de los candidatos afines u opuestos a la causa.
No estoy en contra de la laboralización de los cuerpos universitarios. Curiosamente, sí que lo estaban hasta hace poco los sindicatos autodenominados de «clase» que ahora apoyan sin fisuras la nueva ley. De hecho, es un sistema que funciona en la mayor parte de Europa y que permite generar incentivos apropiados en el ámbito de la investigación y la docencia. Pero este cambio de patrón conlleva, obligatoriamente, un cambio en la gobernanza de la Universidad que, por supuesto, no se ha producido. La única actuación en este ámbito es devaluar la figura y la capacidad del rector como cabeza de la Universidad, facilitando su captura por parte las élites extractivas políticas.
Para modificar la gestión también es necesaria la reforma del sistema de financiación universitaria. Pero tampoco en este aspecto se han dado pasos importantes. Algunos voluntariosos rectores han querido ver en la referencia que se hacía explícitamente a la obligación de una financiación del 1 % del PIB por parte de las Comunidades Autónomas a las universidades como el cumplimiento de la promesa de Castells y Subirats de mejoras presupuestarias (que el ministerio no pagaba). Sin embargo, las enmiendas aprobadas en el último momento han dejado a ese 1 % como un borroso objetivo sujeto a disponibilidad presupuestaria, cuyo incumplimiento no conlleva ninguna sanción y, por lo tanto, ninguna obligación. Eso sí, entre los objetivos financiables está el empleo de las lenguas cooficiales (término constitucional que se abandona por el de lenguas oficiales) al igual que otros incentivos, que se dejan al albur de las comunidades autónomas. Es decir, las comunidades autónomas determinan la financiación de las universidades y, por primera vez, también las becas; su agencia determina la promoción de los profesores y no existe ningún ámbito estatal que se entrometa, supervise o limite el poder de los caciques regionales. ¿Qué puede salir mal?
Otro de los aspectos fundamentales que debería abordar la ley es la calidad del profesorado. El abuso por parte de las universidades de figuras como la del profesor asociado ha hecho que se haya instalado una precariedad en el sistema de complicada solución. La LOSU, por supuesto, tampoco acierta en este ámbito. Estropea la figura del profesor asociado, profesionales que por su vocación docente compaginan su labor en el sector público o privado con un mal pagado magisterio, a los que incomprensiblemente hace indefinidos; mientras que a aquellos que fueron en su momento contratados bajo alguna de las figuras temporales no los ayuda a la hora de asegurar su promoción. Por otro lado, reduce la exigencia del nivel de acceso al profesorado universitario, con la eliminación de la acreditación para los contratos de entrada como doctor, lo que incrementará el nepotismo y la endogamia, a la vez que, mediante las enmiendas de los socios del gobierno, reducen las exigencias en las medidas que había vendido el gobierno en su momento como las bases para reforzar la calidad del sistema.
No parece que se hayan construido los pilares que garanticen un marco de independencia, libertad y garantías para la universidad. En otro punto del citado título 31 de las partidas, se establece «…que los ciudadanos de aquel lugar donde fuere hecho el estudio [universidad], deben mucho guardar, e honrar, a los maestros e a los escolares, y a todas sus cosas.» Alfonso X tenía una visión de la importancia de la educación universitaria, quizá por eso fue Sabio. La LOSU no.
- Jorge Sainz es catedrático de Economía Aplicada de la Universidad Rey Juan Carlos