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Irene Montero, ministra de Igualdad

Irene Montero, ministra de IgualdadEFE

La Audiencia de Madrid ordena investigar a la niñera de Montero y la fundación de Monedero

Pide que se abran piezas separadas en contra de la decisión del juez, que las había derivado al turno de reparto para que los dos casos fueran a otros juzgados

La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado al juez del denominado «caso Neurona» abrir piezas separadas sobre el «caso niñera» y la «Fundación 25M». Ambas líneas de investigación fueron derivadas por el magistrado al turno de reparto en los Juzgados de Plaza de Castilla; la primera se mantiene abierta en el Juzgado de Instrucción Número 46 de Madrid, mientras que la segunda ya fue archivada en el Juzgado Número 1.

En un auto de 29 de octubre, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid ha estimado parcialmente el recurso de apelación formulado por Vox contra el auto de 3 de marzo por el que el titular del Juzgado de Instrucción Número 42 de Madrid, Juan José Escalonilla, envió a reparto varias líneas de investigación del «caso Neurona».

El instructor ordenó «incoar procedimientos independientes» sobre los hechos señalados por la ex responsable de Cumplimiento Normativo de Podemos Mónica Carmona al estimar que «podrían ser constitutivos de delito». Aunque las partes recurrieron, el juez siguió adelante y envió tres asuntos a la oficina de reparto, que se distribuyeron por turno en los juzgados de instrucción 1, 45 y 46 de Madrid.

Ahora, los magistrados de la Sección 30 han acordado revocar parcialmente la decisión del juez «única y exclusivamente» a los efectos de ordenar la incoación de dos piezas separadas. Una de ellas relativa a «la presunta utilización por -la ahora ministra de Igualdad- Irene Montero Gil de una persona a sueldo del partido como cuidadora de sus hijos». Y la otra vinculada a «la donación efectuada por el partido político Podemos al proyecto escuela popular Paulo Freire a través de la fundación de dicho partido político 'Instituto 25M', así como igualmente respecto de las donaciones efectuadas por dicho partido político a dicha fundación».

Más ajustado

La Audiencia Provincial ha considerado «más ajustado la apertura de las correspondientes piezas separadas de investigación para determinar primero si cada hecho en sí es constitutivo de infracción penal para segundo su posible conexidad delictiva con los aquí investigados y con ello acordar el instructor lo que proceda en su caso».

Fuentes jurídicas han explicado que lo que hayan acordado hasta ahora los juzgados en los que recayeron estas dos líneas de investigación quedará sin efecto, dado que las actuaciones se retrotraen al momento en el que el juez estimó enviar las pesquisas a reparto.

La decisión tiene lugar después de que en verano el titular del Juzgado de Instrucción Número 1 de Madrid acordara archivar la causa contra Podemos por las donaciones realizadas a través de la Fundación 25-M que fueron denunciadas por la exresponsable de Cumplimiento Normativo de Podemos Mónica Carmona. Fuentes jurídicas confirmaron entonces que se acordó el sobreseimiento provisional de la causa por un asunto formal y sin entrar en el fondo del asunto.

En el caso de la investigación relativa al «caso niñera», esta misma semana el titular del Juzgado de Instrucción Número 46 ha aplazado la declaración como testigo de la exescolta de la ahora ministra Irene Montero, aunque aún no ha fijado nueva fecha de comparecencia.

Testificales

Esta citación se suma a la serie de testificales que ha estado practicando el juez José María Escribano desde que abrió las diligencias contra Montero -que no figura como investigada en la causa- y Teresa Arévalo, empleada de la formación «morada» por un presunto delito de administración desleal.

El juez intenta determinar si hubo delito alguno en el viaje que hicieron a Alicante el 20 de octubre de 2019 la entonces candidata Irene Montero, su hija menor, Arévalo -en calidad de jefa de gabinete- y el resto del equipo electoral. Hasta el momento, investiga el pago de dos billetes de tren por parte de Unidas Podemos a Arévalo y a la menor.

Iglesias no paga

En el marco de la resolución, la Audiencia Provincial también ha estimado parcialmente un recurso de apelación formulado por Podemos.

Ha revocado la decisión del juez «única y exclusivamente a los efectos de no ordenar la incoación de una pieza separada» sobre el presunto cobro de costas procesales por parte del exlíder de Podemos Pablo Iglesias en un procedimiento judicial ordinario celebrado en Pamplona.

A su juicio, ante la «falta de datos» que confirmen que Iglesias recibió el importe de tales costas, y el hecho de que no conste que tuviera obligación de reintegrar el dinero a los profesionales o al partido, «impide iniciar una investigación penal prospectiva».

Esta derivada recayó en el Juzgado de Instrucción Número 45 de Madrid, pero en mayo la juez Luisa María Prieto acordó el sobreseimiento provisional al no ver delito, algo en lo que coincidió la Fiscalía de Madrid.

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