La Junta Electoral multa con 4.700 euros a Isabel Rodríguez por hacer electoralismo desde la Moncloa
El organismo arbitral ha resuelto así los dos expedientes informativos que abrió contra la también titular de Política Territorial a instancias de sendas denuncias presentadas por el PP
El Gobierno acumula ya cuatro expedientes de la Junta Electoral Central solo en 2023
La Junta Electoral Central le ha vuelto a asestar un duro golpe a la neutralidad del Gobierno de Pedro Sánchez. Y no es la primera vez, ni en el qué ni en el quien.
La JEC ha impuesto dos multas por un total de 4.700 euros a la ministra Portavoz del Gobierno en funciones, Isabel Rodríguez, por hacer electoralismo desde el Palacio de La Moncloa durante dos ruedas de prensa posteriores al Consejo de Ministros en la precampaña de las elecciones locales y autonómicas del pasado 28 de mayo.
El organismo arbitral ha resuelto así los dos expedientes informativos que abrió contra la también titular de Política Territorial a instancias de sendas denuncias presentadas por el Partido Popular.
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En concreto, la JEC señala que Rodríguez vulneró el artículo 153.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, al realizar «manifestaciones con contenido valorativo y electoralista», aprovechando «los medios públicos de que disponía» durante las ruedas de prensa que ofreció tras las reuniones del Gobierno los días 3 y 10 de mayo.
Según su resolución, recogida por Europa Press, con su comportamiento la ministra también quebrantó los principios de «neutralidad» e «igualdad» que «todo poder público debe respetar durante el proceso electoral».
Ya había sido apercibida
En mayo, la JEC ya acordó en mayo abrir un segundo expediente sancionador a Rodríguez por incumplir otra vez su deber de neutralidad en las ruedas de prensa institucionales que ofrece en Moncloa tras el consejo de Ministros.
En junio, este organismo, que vela por el buen funcionamiento de los procesos electorales en España, también le había cantado las cuarenta al ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, abriéndole expediente por vulnerar el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).