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28 de junio de 2024

Carmen Martínez Aguayo, Manuel Chávez, José Antonio Griñán y Magdalena Álvarez, condenados por los ERE de Andalucía

Carmen Martínez Aguayo, Manuel Chávez, José Antonio Griñán y Magdalena Álvarez, condenados por los ERE de AndalucíaÁngel Ruiz

PSOE

El TC controlado por Sánchez borrará la corrupción socialista sobre 680 millones de los parados andaluces

La vicepresidenta de la Corte, Inmaculada Montalbán, plantea un segundo borrador de sentencia para reducir a la mínima expresión las condenas por malversación del caso ERE

El Constitucional renovado a la medida de Pedro Sánchez se prepara reducir, a la mínima expresión, la sentencia de los ERE de Andalucía dictada por la Audiencia de Sevilla, en 2019, y confirmada por el Supremo, en 2022, que concluyó que la Junta socialista al frente de la administración autonómica diseñó un «sistema fraudulento» regado con 680 millones de euros, previstos para los parados que, entre los años 2000 y 2009, repartió fondos públicos a empresas en crisis, al margen de los mecanismos de control previstos para su gestión.

Dos expresidentes andaluces, Manuel Chaves y José Antonio Griñán; cuatro ex consejeros, como Magdalena Álvarez; y, dos exviceconsejeros, como Carmen Martínez Aguayo, fueron condenados junto con otra quincena de altos cargos, entre ellos dos exdirectores generales, a penas de hasta 6 años de prisión y 15 de inhabilitación en base a dos delitos: prevaricación y malversación. Sin embargo, la doble propuesta de la vicepresidenta de la Corte de Garantías, Inmaculada Montalbán –condecorada con la Medalla de Andalucía, en 2012, bajo el Gobierno de Griñán– en sendas ponencias, pasa por rebajar el desvío de fondos públicos y exonerar a los sancionados por tomar decisiones injustas a sabiendas de que lo eran.

La magistrada Montalbán, vicepresidenta del Constitucional, premiada por José Antonio Griñán, en 2012

La magistrada Montalbán, vicepresidenta del Constitucional, premiada por José Antonio Griñán, en 2012EFE

Las razones de Montalbán para el 'indulto' encubierto concedido por el TC a Magdalena Álvarez, la semana pasada, con el voto favorable de los siete magistrados sentados en el órgano a propuesta del PSOE, pasaron por asentar como doctrina que no puede cometerse un delito de prevaricación en la aprobación de una Ley de Presupuestos, incluso aunque la norma incluyese partidas fraudulentas enmascaradas como ayudas para empresas en crisis, porque no se trata de un «acto administrativo».

Pese a que este criterio tan polémico como inédito se utilizó, en concreto, para admitir el recurso planteado por Álvarez, fuentes próximas al Constitucional ya apuntaron entonces a que con él se sentaba un precedente que habrá de tomarse en consideración para las futuras y eventuales resoluciones que se adopten sobre la misma causa. Es decir, las que se dicten en contestación a las impugnaciones de los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, ambos condenados por prevaricar, a nueve y quince años de inhabilitación absoluta, respectivamente.

Se exculpa, también, la malversación

Sin embargo, y por si lo anterioe no fuese suficientemente escandaloso, este mismo lunes trascendía cómo la segunda ponencia de Montalbán sobre los ERE, que ha sido incluida en el orden del día de la deliberación del Pleno del próximo 2 de julio, exculpará a la que fuera 'número dos' de Griñán, Carmen Martínez Aguayo, también, del delito de malversación. Una nueva propuesta de sentencia que obtendrá el aval de los siete magistrados del bloque izquierdista, afines al PSOE que los designó, entre los que se encuentra la propia vicepresidenta premiada por la Administración autonómica de la que formaba parte la recurrente.

Un «despropósito» porque solo este hecho debería haberla llevado a «abstenerse», por estética, lamentan fuentes cercanas a la institución. Sin embargo, el órgano que preside Cándido Conde-Pumpido ya justificó, en su momento, que la asignación de todos los casos sobre la materia a una misma ponente, y no cualquier ponente, respondía a la necesidad de dar una respuesta homogénea y de conjunto, aunque individualizada.

En esta próxima ocasión –y reutilizando algunos de los argumentos empleados por las dos magistradas del Supremo que emitieron votos discrepantes con la sentencia firme dictada por el Supremo para el caso– el fallo descarta la malversación de la cúpula de la Junta de Andalucía para aquellos políticos que, como José Antonio Griñán, no trabajaban directamente en la Consejería de Empleo, encargada de asignar las ayudas públicas diseñadas, con un «absoluto descontrol», a las empresas en crisis.

De este modo, el socialista andaluz al frente de la Comunidad Autónoma, podrá beneficiarse de la postura mayoritaria del TC que apuesta por eliminar las sanciones impuestas a varios condenados por los ERE, en su caso 6 años de prisión, que no ha llegado a cumplir en modo alguno por motivos de salud, en base al delito de malversación. Un borrado penal a la medida de los históricos socialistas, gracias a la reinterpretación de varias normas penales en lo que ya ha sido calificado por una buena parte de la comunidad jurídica como un «exceso» de jurisdicción de la Corte de Garantías.

«Descalificar» al Supremo

No en vano, la sentencia dictada a favor de Magdalena Álvarez contó con la oposición de cuatro de los magistrados del TC en un contundente voto particular que denunció el intento «innecesario» de «descalificar» al Supremo, tanto en el fondo del asunto como en la forma y el «tono» empleados para hacerlo.

Unas «descalificaciones gratuitas al Tribunal Supremo y a la Audiencia Provincial de Sevilla» que se produjeron de un modo «reprobable» –a juicio de Ricardo Enríquez, César Tolosa, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel– por el resto de sus compañeros. Todos ellos utilizan la excusa de la resolución dictada «para descalificar la actuación» de los tres magistrados de instancia como los tres que, posteriormente, ratificaron la conclusión inicial en casación coincidiendo, por lo tanto, en calificar la conducta cometida por la socialista como un ilícito tipificado en el artículo 404 del Código Penal.

Así las cosas, frente al relato que impera en la esfera socialista, desde que trascendiesen las intenciones de la mayoría del Constitucional, para 'desjudicializar' el caso ERE. Y, frente a quienes consideran que, en contra de la interpretación unánime de seis jueces, ha de pesar más el criterio de dos magistradas del Alto Tribunal –para las cuales los indicios barajados en las condenas impuestas a la corrupción del PSOE andaluz no fueron «unívocos y concluyentes», sino que construyeron «una secuencia incriminatoria a través de inferencias demasiado ambiguas y abiertas», que generaron «márgenes de incertidumbre en los aspectos nucleares» del caso– la enérgica advertencia del bloque profesional del TC.

Las decisiones de la mayoría izquierdista en los ERE , como adelantó El Debate, «debilitan la persecución eficaz de los delitos de corrupción institucionalizada cometidos por el Gobierno o sus miembros» y «devastan los límites de la jurisdicción constitucional, al irrumpir en el ámbito reservado a la jurisdicción ordinaria y suplantar la función del Tribunal Supremo como máximo intérprete de la ley», lamentan Tolosa, Arnaldo, Enríquez y Espejel.

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