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Los siete magistrados de izquierdas que han avalado el sistema de plazos del aborto de Zapatero

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Corrupción del PSOE

El TC blanquea la malversación de los ERE con los votos de siete afines al PSOE frente al criterio de diez magistrados

La Corte de Garantías debate, este martes, el borrador confeccionado para modificar la doctrina sobre el desvío de fondos públicos que servirá para 'indultar' de forma encubierta a José Antonio Griñán

Una Corte de Garantías convertida en el «sumidero» que permitirá a los líderes políticos socialistas andaluces condenados por la mayor causa de corrupción de nuestra democracia, los ERE de la Junta de Andalucía, que supuso el desvío de 690 millones de euros de las arcas públicas, sólo en la pieza principal, salir indemnes. El Pleno del Constitucional se reunirá, a partir de este martes para consumar el borrado penal de la malveración del PSOE de fondos destinados a los parados andaluces.

Siete magistrados del bloque izquierdista del TC enmendarán el criterio de otros diez compañeros que, tanto en la Audiencia Provincial de Sevilla, por unanimidad de sus tres miembros; como en el Supremo, por tres votos frente a dos discrepantes; y, ahora, por cuatro votos en el propio seno de la Corte, consideran que sí se dan los requisitos del delito que, por lo tanto, debió ser castigado, para cada uno de los condenados, en la medida en la que lo fue.

De esos siete magistrados que se preparan para enmendar con sus votos la doctrina de la malversación, tan sólo dos de ellos han llegado a sus puestos siendo magistrados del Supremo que son el presidente del órgano, Cándido Conde-Pumpido, quien aunque se abstuvo de intervenir en el caso de los ERE cuando era magistrado del Tribunal Supremo sí ha decicido partipar ahora en el mismo, y su compañera María Luis Balaguer.

Además, tresde ellos fueron cargos socialistas o mantuvieron una vinculación estrecha con la organización política: la ponente de la sentencia y vicepresidenta, María Luisa Balaguer, distinguida con la Medalla de la autonomía por el Gobierno de Griñán; Juan Carlos Campo, cargo en el Ejecutivo andaluz y María Luis Montalbán que fue militante socialista, tal como ella misma reconoció durante una comparecencia en el Senado.

Tras el «indulto encubierto» a la que fuera consejera de Economía, Magdalena Álvarez, con el que se descolgaba la el Tribunal Constitucional (TC) la semana pasada, gracias a los mismos siete votos del bloque izquierdista, la Corte de Garantías se prepara para avalar el recurso planteado por la ex consejera de Hacienda, y número dos de José Antonio Griñán, Carmen Martínez Aguayo contra su condena a 6 años de prisión y 15 más de inhabilitación absoluta por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación.

Así está previsto en el orden del día del Pleno que comenzará este martes 2 de julio, apoyado en un borrador de sentencia que propone revocar la condena de seis años de cárcel que le fue impuesta.

Y es que, si bien la propuesta irá personalizada para amparar a Martíez Aguayo, el aval del bloque izquierdista del TC actuará, apoyado en un triple argumento, como un 'indulto encubierto' extensible al ex presidente autonómico que fue sentenciados en la pieza política de los ERE, por la misma causa, José Antonio Griñán.

El primer motivo, el hecho de que sólo podrá entenderse que se dio tanto la culpa necesaria, como la responsabilidad suficiente derivada de ésta para ser castigados, en el caso de aquellos políticos o altos cargos que –durante el reparto de los más de 680 millones de euros canalizado a través de los «fondos de reptiles»– tuvieron una vinculación directa con la Consejería de Empleo responsable de repartirlos. El mecanismo se articuló a través de las transferencias presupuestarias efectuadas a favor de la Agencia IDEA que, en la práctica, fue el organismo encargado de hacer los repartos y los pagos sin fiscalizar.

El segundo de los focos de la polémica, el hecho de que no cabe declarar leyes ilegales aquellas normas presupuestarias aprobadas por los Gobiernos socialistas de Chaves y Griñán, entre los años 2000 y 2009, bajo la premisa de que las mismas no responderían a una función legislativa propiamente dicha ya que ésta consideración arrancaría en el momento de recepción del proyecto de ley en el Parlamento según el Estatuto de Autonomía.

Esto es, el ala mayoritaria del TC está consolidando una diferencia entre lo que serían los actos materiales o «actos de contenido», que quedan configurados como una decisión de naturaleza política, y los actos procesales o normativos que estarían inexorablemente vinculados y condicionados por una normativa previa y que, entonces y sólo entonces, pueden ser objeto de un control judicial posterior.

Por si fuera poco lo anterior, además, todos aquellos que se vean favorecidos por el nuevo marco creado por la vicepresidente del TC para la ocasión supondrá un beneficio extra para que quienes hayan sido juzgados en cualquiera de las causas derivadas de la pieza principal de los ERE, más de un centenar de ellas, o de ésta misma, no vuelvan a sentarse de nuevo en el banquillo, gracias a una interpretación a la carta del principio de ne bis in idem que opera en Derecho Penal para que aquellos hechos que ya fueron juzgados no puedan volver a serlo, aunque la condena o la absolución derivada del último escalafón del primer juicio, pudiera verse modificada.

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