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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, interviene durante un pleno en el Congreso de los Diputados, a 20 de diciembre de 2023, en Madrid (España). Durante la sesión de control, el presidente del Gobierno, responde a preguntas del líder del PP, y de la portavoz de Vox, sobre la moción de censura en Pamplona, y también una cuestión sobre la subida de las hipotecas que le formulará el portavoz de ERC. Esta es la segunda sesión de control al Gobierno en el Congreso de esta legislatura, pero la primera a la que acudirá el presidente del Gobierno, quien hoy se enfrenta con un cara a cara al líder del PP. Durante la mañana de hoy, Feijóo, ha aceptado mantener una reunión el próximo viernes, 22 de diciembre con el presidente del Gobierno,, al que ha enviado una carta con un orden del día con los temas que propone para abordar, entre ellos la ley de amnistía, medidas para garantizar la independencia judicial o la moción de censura en Pamplona que dará la Alcaldía a EH Bildu.
20 DICIEMBRE 2023;CONGRESO;GOBIERNO;SANCHEZ;FEIJOO;PLENO
Eduardo Parra / Europa Press
20/12/2023

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, interviene durante un pleno en el Congreso de los Diputados, en 2023Europa Press

De los 27 miembros de la UE

Sánchez se une al minúsculo grupo de países europeos que no penalizan las ofensas a la religión

El Consejo de Ministros de este martes ha aprobado la modificación del delito del artículo 525 del Código Penal, como parte del paquete de medidas de 'regeneración democrática' diseñado por el presidente del Gobierno

De los 27 estados miembros de la Unión Europea (UE), tan solo seis de ellos —Croacia, Estonia, Francia, Irlanda, Suecia y la República Checa— no sancionan como delito las conductas ofensivas de los sentimientos religiosos de sus ciudadanos. Una minoría en el contexto del ordenamiento jurídico comunitario al que, desde hoy, se sumará España, gracias a las reformas aprobadas por el Consejo de Ministros de Pedro Sánchez, como parte del paquete de medidas contenidas en su plan de supuesta 'regeneración democrática'.

Una de los anuncios estrella, en la rueda posterior al cónclave del Ejecutivo, ha sido la modificación del actual artículo 525 del Código Penal para eliminar de su catálogo aquellos comportamientos o manifestaciones cuyo objetivo sea el de vejar, públicamente, —«de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento»— a quienes profesan una religión u ofender la sensibilidad «de los miembros de una confesión» de esta naturaleza. Hasta ahora, las condenas se situaban entre ocho y doce meses máximo de multa.

Con este acuerdo, el Ejecutivo se desvía de la protección legal que proporcionan a los creyentes en la mayoría de los países (21) de la Unión Europea

Pese a que el Gobierno ha justificado su decisión para «homologar» nuestro marco jurídico a la realidad europea, lo cierto es que el anuncio nos sitúa, en realidad, entre los miembros del club minoritario de países europeos que han renunciado a defender la práctica religiosa de sus ciudadanos.

Una posición, diametralmente opuesta, por ejemplo, a la de Grecia que, en el máximo exponente de la tutela al derecho fundamental de los ciudadanos a no ser discriminados por razones religiosas, castiga la blasmefia, como tal o de democracias de alto nivel como Alemania o Italia que son bastante duras a la hora de condenar los ataques contra los sentimientos religiosos.

Canadá condena severamente el escarnio sobre las confesiones aunque excluye aquellos casos en los que una persona exprese «de buena fe», y con «un lenguaje correcto», una opinión sobre un tema religioso

Así las cosas, desde el Observatorio para la Libertad Religiosa se ha denunciado cómo, con esta deriva, para el Gobierno socialista «los creyentes son ciudadanos de segunda con menos derechos. A partir de ahora va a salir completamente gratis mofarse de las personas que practican una religión. La libertad religiosa es el único derecho fundamental en el que se pone en duda la persecución de delitos contra ella».

«El Convenio Europeo de Derechos Humanos, ratificado y por ende vinculante para todos los Estados miembros de la Unión Europea, reconoce y garantiza el derecho fundamental a la libertad religiosa en su artículo 9, lo cual obliga a todos los Estados firmantes a protegerla», recoge el último informe elaborado desde la entidad sobre La protección legal de la libertad religiosa en la Unión Europea.

Por otra parte, a nivel internacional, la Comisión sobre Libertad Religiosa en Estados Unidos, publicó un dictamen en 2018 en el que se clasificaban, de mayor a menor, las normas sobre expresiones antirreligiosas, tomando como muestra un listado de 71 países. Ya entonces, con todos los artículos del Código Penal vigentes, España ocupaba el segundo puesto en el ranking por la cola. Es decir, el número 70, el penúltimo más permisivo.

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