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El eurodiputado electo Luis 'Alvise' Pérez Fernández, líder de la agrupación Se Acabó la Fiesta

El eurodiputado electo Luis 'Alvise' Pérez Fernández, líder de la agrupación Se Acabó la FiestaEuropa Press

La Audiencia Nacional abre la investigación al denunciante de Alvise por una presunta estafa piramidal

No obstante, el juez rechaza inhibirse al Tribunal Supremo para que se investigue al eurodiputado y líder del SALF

El juez de la Audiencia Nacional (AN) José Luis Calama ha admitido tres denuncias presentadas contra el denunciante del eurodiputado Luis 'Alvise' Pérez, el empresario Álvaro Romillo, por la presunta estafa piramidal cometida por Madeira Invest Club, una plataforma de inversiones de la que fue máximo dirigente.

En un auto, recogido por Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 4 rechaza inhibirse al Tribunal Supremo para investigar Alvise Pérez –líder de Se Acabó la Fiesta (SALF)– como le solicitó una de las asociaciones denunciantes porque, recuerda el magistrado, se debe remitir una exposición razonada para investigar a un aforado cuando aparezcan «indicios de responsabilidad».

Cabe recordar que fue la Asociación de Usuarios de Criptomonedas la que amplió su denuncia inicial para solicitar que el juzgado enviase la causa al alto tribunal por su condición de eurodiputado y, por tanto, de aforado.

El juez precisa que no basta con la constatación puramente nominal de que un determinado hecho delictivo ha sido atribuido a un aforado, sino que «ha de ser lo suficientemente exhaustiva como para delimitar, con toda la provisionalidad que es propia de un momento procesal como el presente, el alcance objetivo y subjetivo de los hechos».

El eurodiputado Alvise Pérez

El eurodiputado Alvise PérezEFE

Recuerda además el magistrado que un aforado puede asumir la condición de parte y declarar voluntariamente ante el juez. «Se establece también expresamente la facultad de asumir la condición de parte, tomar conocimiento de todas las actuaciones y obtener copia de dicha denuncia o querella, en su caso; declarar voluntariamente ante el Juez, aportar documentos, proponer pruebas y participar en las diligencias probatorias», apunta.

Así las cosas, Calama admite y acumula, después de que la Fiscalía informase favorablemente, las denuncias presentadas por la Asociación Nacional para la Defensa del Consumo Español de Servicios, la Asociación de Afectados por Inversiones en Criptomonedas y la ya mencionada Asociación de Usuarios de Criptomonedas

El magistrado indica que una vez determinado que los hechos son susceptibles de constituir una defraudación, sin perjuicio de la calificación jurídica que se realice en el momento procesal oportuno, aparece con «meridiana claridad» que pueden ser constitutivos de un delito de estafa y que serían competencia de la Audiencia Nacional por el número de perjudicados y la cuantía de lo supuestamente defraudado.

El juez señala que el perjuicio globalmente denunciado por las acusaciones ascendería a más de 11 millones de euros, una cifra que supera la barrera de los 7 millones de euros que es la fijada por el Tribunal Supremo como parámetro para atribuir la competencia a la Audiencia Nacional.

Además, el instructor se refiere a criterios de funcionalidad para concluir que la Audiencia Nacional es el órgano judicial que se encuentra en una posición más favorable para afrontar la investigación.

En el presente caso, indica el magistrado, se atisba una compleja investigación, con un entramado delictivo de múltiples sociedades instrumentales y conexiones internacionales, con domicilios en Portugal, Estados Unidos, República Dominicana, Estonia y Albania, que hará necesario acudir de forma recurrente a la emisión de instrumentos de cooperación jurídica.

Todo ello, indica, a fin «determinar la naturaleza y circunstancias de los hechos, las personas que en ellos hayan participado y la localización de activos financieros».

El juez señala que los documentos incorporados en las denuncias y enlaces a información externa apuntan a que la cifra de afectados podría llegar a los 27.000 y el perjuicio podría superar los 300 millones de euros.

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