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El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz

El fiscal general del Estado, Álvaro García OrtizEFE

Tribunales

El Supremo plantea que la filtración de García Ortiz pudo «perjudicar» el derecho a defenderse del novio de Ayuso

De confirmarse este extremo, a lo largo de la investigación abierta contra el fiscal general del Estado, la causa por presunto delito fiscal del empresario Alberto González Amador podría quedar anulada

Más allá de la imputación del fiscal general del Estado, el auto dictado por «unanimidad» con el que la Sala Segunda del Supremo asume la competencia para investigarle, también abre la puerta a que la filtración de datos confidenciales del novio de Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador, de la que presuntamente fue responsable Álvaro García Ortiz, pudieran haber causado un «perjuicio» en el derecho a defenderse del empresario madrileño, como refleja el apartado 5.4 de la página 19 del documento que se ha notificado esta misma mañana.

«En este momento inicial de formación de la causa resulta difícil de fijar y deslindar» el posible daño causado a la pareja de Díaz Ayuso que forma parte del tipo penal del delito de revelación de secretos por el que García Ortiz será investigado. «Ahora bien», los magistrados del TS «estimamos que al menos indiciariamente, en este supuesto, sí existe una carga de lesividad que afecta al posible perjuicio al derecho de defensa del Sr. González Amador», como «consecuencia» de la actuación de la Fiscalía, a raíz de la difusión de las comunicaciones existentes entre su abogado y el fiscal de delitos económicos entonces encargado del caso.

No en vano, la resolución del Supremo recuerda cómo en las conversaciones entre el fiscal y el letrado del novio de Ayuso, trascendió, por ejemplo, cómo el 2 de febrero de 2024, el representante de González Amador reconoció «íntegramente los hechos (ciertamente se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública)» por los que el empresario fue denunciado por la Agencia Tributaria (AET).

«Resulta obvio» para los miembros de la Sala Segunda del TS que estando inmerso en un procedimiento judicial, la revelación de dicho mail a la opinión pública, «asumiendo o reconociendo su culpabilidad de dos delitos fiscales– pues en el mismo se indica que el letrado defensor actúa de común acuerdo con el mismo–, no llevada conforme a los parámetros de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, puede tener repercusión en el derecho a la presunción de inocencia».

Es más, para los magistrados que han acordado, sin fisuras, abrir causa contra el fiscal general García Ortiz, «aunque ese reconocimiento no tuviera lugar en el marco del proceso penal y con todas las garantías, se trataba de una propuesta reservada, no compatible –también en el ámbito de las diligencias preprocesales– con la misión de información a la opinión pública de los acontecimientos que se produzcan», de acuerdo con lo regulado en los artículos 4.5 y 50 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF).

Así las cosas, que se divulgasen datos confidenciales del novio de Díaz Ayuso, «pudiera condicionar la futura tramitación del proceso» y, si bien, «la revelación pudiera tener eficacia probatoria residual, ello no es obstáculo para apreciar, al menos en este momento procesal, un perjuicio derivado de las revelaciones» que provocan la imputación del fiscal general del Estado.

Expertos juristas confirman a El Debate que, de consolidarse esta apreciación, con el avance de las pesquisas, el empresario González Amador podría instar la nulidad de la causa penal que todavía se sigue contra él por un presunto delito tributario.

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