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El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz durante su toma posesión del cargo

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz durante su toma posesión del cargoEFE

Crisis en el Ministerio Público

La APIF insta al Supremo a suspender a García Ortiz y cuestionan que su número dos pueda representarle

Los fiscales han abierto el melón sobre la «causa de abstención» en la que incurren todos los profesionales del Ministerio Público tras la imputación de su superior jerárquico

Desde que ayer, por primera vez en la historia de la Fiscalía, el Supremo ordenase a la Guardia Civil la entrada y registro en la sede de la institución, como parte de las pruebas necesarias para determinar la responsabilidad de su máximo titular, Álvaro García Ortiz, en un presunto delito de revelación de secretos, la Carrera está conmocionada.

«Es un hecho sin precedentes» que requiere una «reacción» a la altura de las circunstancias, plateaban los fiscales. Dicho y hecho, la Asociación Profesional e Independiente (APIF) del Ministerio Público ha solicitado personarse en la causa declarada secreta por el magistrado e instructor Ángel Hurtado contra el fiscal general, al que han pedido «suspender» de sus funciones, en un escrito registrado este mismo jueves al que ha tenido acceso El Debate.

«De acuerdo con nuestra legislación, este hecho debe provocar» que tanto a Álvaro García Ortiz, como a la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, también investigada en el mismo caso, se les «suspenda provisionalmente» de los respectivos cargos «que ejercen en la actualidad», reza el documento firmado por los letrados Verónica Suárez, Álvaro Bernad, Napoléon Cánovas y, el también ex fiscal, Juan Antonio Frago.

«Resultaría sumamente paradójico que el juez instructor estuviera legitimado para adoptar medidas cautelares tan contundentes como la prisión provisional (art. 502.1 LECrim) o un embargo de millones de euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran generarse (art. 589 LECrim), pero no para suspender provisionalmente de empleo a un funcionario investigado. De hecho, alguna previsión específica existe para otros delitos, como en el caso del art. 384 bis LECrim», argumentan los abogados que representan a la APIF.

«Si Don Álvaro García Ortiz continuara siendo Fiscal General del Estado durante el transcurso del procedimiento, él sería el superior jerárquico del fiscal designado para intervenir en la causa y en calidad de tal podría impartirle órdenes», alertan desde la APIF al juez Hurtado. Además, han recordado cómo: «El Fiscal General del Estado podrá impartir a sus subordinados las órdenes e instrucciones convenientes al servicio y al ejercicio de las funciones».

Un escenario, que a juicio de la entidad profesional «provocaría una distorsión inaceptable: el fiscal designado, en vez de 'promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad'», prevista en el artículo 124 de la Constitución, «actuaría al servicio del propio investigado/acusado».

Precisamente para evitar que se «dinamiten los principios constitucionales que rigen el funcionamiento del Ministerio Fiscal» los asesores jurídicos de la APIF consideran «particularmente necesario que se suspenda de forma provisional» a García Ortiz en las funciones y ejercicio de su cargo.

Es, además, este último extremo el que ha llevado también a poner la lupa sobre su posible sustituta a nivel orgánico mientras dure la causa penal que ha declarado la imputación del fiscal general en el Supremo. Y es que la teniente fiscal Ángeles Sánchez Conde, su número dos, fue la responsable del informe que pidió a la Sala Segunda del Alto Tribunal rechazar la admisión de la querella planteada por el novio de Isabel Díaz Ayuso, tal y como avaló la exposición motivada del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

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