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El ex ministro de Transportes José Luis Ábalos llega a declarar al Tribunal Supremo

El ex ministro de Transportes José Luis Ábalos llega a declarar al Tribunal SupremoEuropa Press

El juez del Supremo pide las cuentas de la fundación que Ábalos usó para construir el inmueble de Perú que tiene a su nombre

Ordena seguir investigando el patrimonio de Ábalos, sus cuentas bancarias y una fundación

El magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo Leopoldo Puente, que instruye la causa que se sigue en el Tribunal Supremo contra José Luis Ábalos por varios delitos, ha dictado este jueves un auto en el que requiere los informes a una entidad financiera y a la Agencia Tributaria sobre el exministro de Transportes y la Fundación Fiadelso, relacionada con él, que ha solicitado la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil. Esta es la fundación que Ábalos usó para construir el inmueble de Perú que tiene a su nombre, y que destapó El Debate.

El juez adopta la decisión tras la recepción del informe de la UCO sobre la situación económico patrimonial del exministro que le reclamó el pasado 4 de febrero y que resultase de fuentes abiertas, y al reclamar los agentes que el instructor solicite a la entidad financiera y a Hacienda información más detallada.

Para el juez, parece más que razonable «proceder al análisis de los movimientos de las cuentas bancarias de las que el Sr. Ábalos Meco resulta o resultó ser titular, -así como de sus declaraciones tributarias y de las correspondientes a la Fundación en la que tuvo activa intervención-, con el objeto de comprobar si se ha producido alguna clase de ingresos irregulares que pudieran corresponderse con los cobros que se le imputan, según ha informado el Tribunal Supremo.

El juez reclama asimismo el análisis de las salidas de dinero que "pudieran justificar, por ejemplo, los gastos de reembolso a don Koldo García de las cantidades supuestamente anticipadas por éste al Sr. Ábalos Meco».

El auto considera que «no hay otro modo de conocer estas realidades y, en esa medida, las diligencias interesadas resultan, a juicio del instructor, además de pertinentes, necesarias, útiles y proporcionadas en atención a la gravedad de los hechos delictivos que al investigado se atribuyen. También aparecen sujetas al principio de especialidad en la medida en que se orientan de forma inmediata a la averiguación de los precisos hechos que resultan objeto de la presente causa especial».

El juez reclama los datos desde el 1 de enero de 2014 hasta la actualidad, como pide la UCO, al considerar preciso extender estas pesquisas hasta varios años antes de que Ábalos entrara en conocimiento y relación con el empresario Víctor de Aldama, y con Koldo García Izaguirre. En este sentido asegura que «solo así podrá conocerse si han existido, con ocasión de esas nuevas relaciones, cambios relevantes en las conductas o gestiones económicas del Sr. Ábalos Meco, en relación con la mayor o menor disposición significativa de fondos bancarios para atender a sus gastos, que, prima facie, resultaría sustancialmente innecesaria en el caso de que fuera cierto que hubiese venido percibiendo determinadas cantidades en metálico, procedentes mediatamente de su asesor e inmediatamente del Sr. de Aldama, tal y como éste sostiene con una razonable corroboración indiciaria que resulta de los extremos ya consignados».

Mandamiento judicial

De este modo, el auto acuerda la expedición de mandamiento judicial a la entidad financiera Caixabank, a fin de que facilite toda la información que conste en sus bases de datos relativa a una serie de cuentas bancarias y/o productos financieros.

También pide la identificación de otros productos bancarios y financieros, así como cajas de seguridad que tengan contratados las personas físicas o jurídicas que figuren como titulares o autorizados de cada uno de los productos señalados en cada caso, así como todas las informaciones sospechosas de blanqueo de capitales que hayan participado al SEPBLAC sobre las indicadas cuentas bancarias, sus titulares o personas autorizadas, así como los expedientes, informes o análisis internos que sustenten dichas comunicaciones. En el caso de cobro de cheques, aportar la cuenta bancaria vinculada, el importe, la fecha de ingreso y beneficiario del mismo.

Se solicita por el juez sea directamente facilitada por la entidad bancaria la información sobre las transferencias SWIFT, OMF y nacionales, emitidas o recibidas, cambio de divisas, reintegros e ingresos en efectivo, todo ello por importe superior a 300 euros, y que se facilite la información requerida por la Unidad policial designada en relación a: (1) nuevos tramos de movimientos bancarios según avance la investigación y (2) ampliaciones o aclaraciones de información relativos a productos bancarios.

En segundo término, se aprueba mandamiento judicial dirigido al órgano oportuno de la Agencia Española de la Administración Tributaria (AET) para que aporte el correspondiente Informe de Suministro a los Juzgados de Ábalos y la fundación Fiadelso y para el periodo comprendido entre los ejercicios 2014 a 2024, ambos incluidos. El juez detalla los datos y aspectos que debe contener dicho informe.

Por último, se acuerda un requerimiento judicial dirigido al Servicio de Entidades Jurídicas de la Consejería de Justicia, Interior y Administración Pública de la Comunidad Valenciana, para que se facilite, copia de toda la documentación que obre en su poder relativa a la Fundación Internacional de Apoyo al Desarrollo Local y Social (FIADELSO), desde su constitución hasta su extinción.

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