El ex director general de IDEA Miguel Ángel Serrano, en la comisión parlamentaria sobre el caso ERE

El ex director general de IDEA Miguel Ángel Serrano, en la comisión parlamentaria sobre el caso EREEuropa Press

Caso ERE

La Audiencia de Sevilla ordena excarcelar al primer preso de los ERE beneficiado por el Constitucional

Miguel Ángel Serrano, que cumple pena de prisión desde el 2 de enero de 2023, será puesto en libertad gracias a la sentencia del TC

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, tribunal sentenciador del caso ERE, ha ordenado dejar en libertad al ex director general de IFA/IDEA Miguel Ángel Serrano Aguilar después de que el Tribunal Constitucional (TC) haya estimado parcialmente su recurso de amparo contra la sentencia que lo condenaba a seis años y medio de prisión por un delito de malversación, una pena que cumple desde el 2 enero de 2023, hace apenas año y medio.

Así figura en una providencia emitida este mismo martes por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, que da cuenta de que le ha sido «anticipado por correo el fallo de la sentencia» del Constitucional relativa al recurso de amparo de Serrano Aguilar, ante lo cual procede ordenar «mandamiento de libertad» al centro penitenciario donde está interno.

El Constitucional ha exonerado de la malversación a Serrano Aguilar en contra del criterio tanto de la Audiencia de Sevilla como del Supremo, que consideraron que este ex alto cargo socialista firmó, en su calidad de director general del antiguo Instituto de Fomento de Anfalucía, el IFA, después Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), convenios particulares con la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, núcleo de las actuaciones enjuiciadas, para el pago de ayudas sociolaborales y subvenciones a empresas en crisis carentes de publicidad y fiscalización con cargo a los fondos de la Junta, entonces gobernada por el PSOE.

Según el Constitucional, en una sentencia emitida por siete votos frente a cuatro en contra, aunque las firmas de convenios particulares puedan ser consideradas resoluciones recaídas en asunto administrativo, no puede apreciarse que incurran en arbitrariedad porque estaban amparadas en las leyes del presupuesto de la Junta entre 2002 y 2009, aprobadas por el Parlamento andaluz.

Los magistrados sostienen que «no puede» decirse que una actuación amparada en las leyes de presupuestos, concretamente en el programa 31L, sea ilegal cuando esa actuación se lleva a cabo de acuerdo con lo que las memorias de las leyes de presupuestos establecen al respecto, estimando así parcialmente su recurso de amparo y declarando la nulidad de su pena de cárcel.

«Satisfacción» de la defensa

Juan Carlos Alférez, abogado de Serrano Aguilar, ha mostrado su «enorme satisfacción por que el Tribunal Constitucional haya estimado las tesis defensivas» esgrimidas «desde hace más de 13 años» por su bufete y por otros abogados defensores de otros inculpados en la macrocausa de los ERE.

«Se elimina por completo la malversación global a la que fueron condenados, a excepción de aquellos actos que verdaderamente constituyan una desviación clara de la finalidad para la que el legislador creó la partida, lo que sin duda afectará al devenir de las piezas por enjuiciar», avanza además este letrado, en un marco en el que la Audiencia de Sevilla ha celebrado ya aproximadamente los juicios correspondientes a una veintena de piezas de la macrocausa de los ERE.

Alférez precisa que, en el caso de los directores generales de la agencia IDEA, a los que ha defendido, esta sentencia del TC «limpia por completo su conducta, su absolución es total», porque «la agencia IDEA nunca podría haber cometido infracciones penales, pues su actuar se ajustaba a los mandatos de las distintas leyes de presupuestos y no estaba a su alcance conocer el destino real de las ayudas concedidas».

«Creemos desde el máximo respeto que ha existido un enorme desconocimiento en la opinión pública sobre qué se enjuició en concreto en el llamado procedimiento específico', lo que lleva al error de sostener que se haya producido una malversación de 700 millones de euros. La malversación verdaderamente producida será la que se determine tras enjuiciar todas y cada una de las piezas y saber qué concretas ayudas de concedieron apartadas de la finalidad del programa y cuales se ajustaron el programa», puntualiza el abogado defensor Juan Carlos Alférez.

En ese sentido, ha augurado que las ayudas aplicadas a finalidades ajenas al programa presupuestario 31L «serán la minoría, pues la mayoría del programa fue a parar a los más de 6.000 prejubilados que a día hoy siguen cobrando su prejubilación».

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