Granada
La juez de Granada encargada de la causa del hijo de Juana Rivas se abstiene y eleva el caso a la Audiencia
La magistrada ha argumentado su decisión en que participó en una sentencia «entre las mismas partes y por hechos muy semejantes» en 2019
La titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Granada, Rosa María Ginel, sobre la que ha recaído la petición de medidas para que el hijo menor de Juana Rivas se quede en España, ha comunicado este martes que se abstiene de conocer la causa presentada por el equipo jurídico de Juana Rivas, por haber participado en otras resoluciones relacionadas con el caso.
Esta decisión, contra la que cabe un recurso de reforma, suspende el curso del proceso hasta que la Audiencia Provincial de Granada resuelva la abstención. Eso sí, la resolución de la magistrada no afecta a la medida provisional acordada la semana pasada por el Juzgado de Instrucción 4, a través de la cual se paralizaba el regreso del menor a Italia con su padre, Francesco Arcuri, quien tiene la custodia del niño.
La titular de este juzgado instructor ha argumentado su decisión en que, durante su destino en la Sección Primera de la Audiencia de Granada en 2019, participó en la apelación de Juana Rivas a la sentencia condenatoria del Juzgado de lo Penal 1 de Granada. Por lo tanto, la magistrada considera que, al tratarse de «las mismas partes y hechos muy semejantes», debe de abstenerse «antes de ser recusada».
Un itinerario judicial complejo
El auto recuerda que el itinerario judicial del caso comenzó cuando el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Granada se inhibió al Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº2 de Granada, que rechazó esa inhibición y lo devolvió a Instrucción 4, que dictó como medidas cautelares que el menor se quedase en España, pese a la petición de la justicia italiana de que regresase antes del 8 de enero.
Después, el juzgado de Instrucción inhibió la causa al de Violencia sobre la Mujer nº 2 de Granada, quien estimó que no se trataba de un tema de violencia de género y envió a reparto la causa. Las normas de reparto establecieron que el juzgado competente para decidir sería el de Instrucción número 9, cuya jueza se ha abstenido y ahora toca esperar hasta que la Audiencia decida.