Los exalcaldes de Alicante Sonia Castedo y Díaz Alperi quedan absueltos de los delitos de cohecho
La causa judicial que terminó con la carrera política de la exalcaldesa de Alicante, finaliza con su absolución y la condena del empresario Enrique Ortiz
la Sala Penal del Tribunal Supremo ha emitido su veredicto sobre los recursos presentados por la Fiscalía, el exalcalde de Alicante Luis Díaz Alperi, y el empresario Enrique Ortiz en relación con la causa que investigaba una revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la ciudad, finalizada en 2010, denominada 'Caso Brugal'.
La Audiencia Provincial de Alicante había dictaminado previamente una sentencia en julio de 2021, condenando al exalcalde a una multa de 6.000 euros por delito de cohecho impropio, y al empresario a una multa de 18.000 euros por delito de cohecho. Sin embargo, absolvió a otros siete acusados, incluyendo a la exalcaldesa Sonia Castedo, por falta de pruebas o prescripción de las infracciones penales.
La resolución del Tribunal Supremo ratifica la condena al empresario Enrique Ortiz, mientras que absuelve al exalcalde Díaz Alperi. En el caso de este último, se considera prescrito el delito por el que había sido condenado, el cual sucedió en agosto de 2008, excediendo ampliamente el plazo legal de prescripción de tres años establecido para el delito de cohecho impropio en la redacción del Código Penal vigente en aquel entonces.
La decisión del Supremo también incluye el rechazo del recurso de la Fiscalía contra los pronunciamientos absolutorios realizados por la Audiencia Provincial. El tribunal subraya que «no procede ninguna modificación del relato fáctico contenido en la sentencia de instancia», afirmando que la sentencia« valoró todas las pretensiones formuladas por las acusaciones de manera motivada y razonada».
Fin a una carrera política
Por otro lado, el recurso presentado por el empresario Enrique Ortiz fue desestimado, confirmando así su condena por delito de cohecho. Según el alto tribunal, «existen pruebas directas e irrefutables del regalo realizado por el acusado a la entonces alcaldesa de Alicante, Sonia Castedo, en la navidad de 2008». Este obsequio, una chaqueta de la marca Carolina Herrera, se considera «excesivo en razón de su valor, lo que determina el elemento finalístico del tipo penal», según se recoge en el comunicado emitido por el poder judicial.
La sentencia del Tribunal Supremo marca el cierre de un capítulo judicial que ha mantenido expectante a la ciudad de Alicante durante años. Mientras que Ortiz deberá cumplir con su condena por cohecho, Díaz Alperi ve finalmente su absolución, con el reconocimiento de que en el tiempo transcurrido ha prescrito su presunta responsabilidad en los hechos que se le imputaban.
Por su parte, se confirma definitivamente la desestimación de los delitos contra la exalcaldesa Castedo, que se vio obligada a dimitir tras su imputación en esta causa, poniendo fin a su carrera política.