Los socialistas valencianos Borja Sanjuán y Sandra Gómez, en una imagen de archivo

Los socialistas valencianos Borja Sanjuán y Sandra Gómez, en una imagen de archivoRober Solsona / Europa Press

La Justicia condena al Ayuntamiento de Valencia por discriminación salarial durante la etapa de Ribó

La sentencia se refiere a la Fundación Valencia Activa, gestionada entonces por el PSOE desde el Consistorio levantino, que durante ocho años alentó prácticas irregulares en la contratación del personal con un salario inferior al que les correspondía

El Juzgado de lo Social nº 6 de Valencia ha condenado al Ayuntamiento de Valencia por prácticas laborales injustas durante la administración socialista de 2015 a 2023. La sentencia determina que se cometió discriminación salarial contra los trabajadores de la Fundación Valencia Activa, generando una doble escala salarial que perjudicó a los empleados contratados en el mandato anterior con salarios sustancialmente inferiores.

El segundo teniente de alcalde y concejal de empleo, Juanma Badenas (Vox), ha anunciado el estudio de medidas legales contra los antiguos responsables socialistas que dirigieron Valencia Activa, entre los que se encuentran los concejales Sandra Gómez, Borja Sanjuán y Javier Mateo, por posibles irregularidades administrativas y penales. La condena se basa en la existencia de una diferencia injustificada de retribuciones entre los trabajadores, a pesar de realizar funciones similares.

«Es fundamental señalar la hipocresía de aquellos que se manifiestan a favor de la igualdad salarial en el ámbito político, pero no practican estos principios en la gestión pública. Durante ocho años, el PSOE y Compromís han alentado prácticas laborales que contradicen su discurso sobre igualdad», ha denunciado Badenas en un comunicado remitido a la prensa.

La sentencia se originó a partir de una demanda de conflicto colectivo presentada por UGT Servicios Públicos contra la Fundación Valencia Activa. En la demanda se alegaba que existían diferencias salariales significativas entre trabajadores contratados antes y después de 2012, a pesar de desempeñar funciones similares. La Fundación Valencia Activa comenzó a aplicar el convenio colectivo de oficinas y despachos de la provincia de Valencia para los trabajadores contratados desde 2012, mientras que a los contratados antes de esa fecha se les aplicaban las tablas salariales del Ayuntamiento de Valencia, con salarios y beneficios superiores.

De acuerdo con la resolución judicial se constató la existencia de una doble escala salarial en la Fundación Valencia Activa. Nueve trabajadores fijos, contratados antes de 2012, percibían sus retribuciones según las tablas salariales del Ayuntamiento de Valencia, incluyendo el 100 % del salario en periodos de incapacidad temporal y complementos de antigüedad. Los trabajadores contratados a partir de 2012, sin embargo, fueron retribuidos según el Convenio colectivo de oficinas y despachos de la provincia de Valencia, con salarios significativamente inferiores.

La sentencia establece que esta diferencia de trato «no está justificada de manera razonable, objetiva, equitativa ni proporcionada. No se aportaron pruebas de que los trabajadores contratados desde hace doce años realizaran funciones diferentes o tuvieran un acceso distinto a sus puestos de trabajo». El tribunal concluye que la existencia de una doble escala salarial basada únicamente en la fecha de contratación era contraria al principio de igualdad salarial.

La sentencia se basa en el principio de igualdad recogido en el artículo 28.1 del Estatuto de los Trabajadores, que obliga a pagar la misma retribución por la prestación de un trabajo de igual valor, sin discriminación por circunstancias personales o sociales. La existencia de una doble escala salarial basada únicamente en la fecha de contratación fue declarada contraria a este principio.

El titular de Empleo se ha comprometido a aceptar la sentencia señalando que con ello «demostramos que es posible actuar con coherencia y responsabilidad, cumpliendo con los principios que defendemos públicamente en defensa de una verdadera igualdad, independientemente del sexo u otras diferencias irrelevantes para la retribución justa de los trabajadores».

«Reconocemos que todos los trabajadores, independientemente de su fecha de contratación, merecen un trato equitativo y justo. La sentencia reconoce este derecho, y el no recurrirla, reafirmamos nuestro compromiso con estos valores», ha afirmado Badenas.

El segundo teniente de alcalde ha criticado duramente al equipo de gobierno anterior, liderado por Joan Ribó: «Es vergonzoso que algunos partidos, como el PSOE y Compromís, que se posicionan públicamente a favor de la igualdad salarial, hayan permitido prácticas que fomentan desigualdades dentro de un organismo público. No recurrir la sentencia corrige estas contradicciones y avanza hacia una verdadera igualdad», ha concluido.

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