Juicio Alvia

Una de las sesiones del juicio por la tragedia del Alvia

Tragedia del Alvia: el maquinista y el exdirector de seguridad de Adif, condenados a dos años y medio de cárcel

El Juzgado de lo Penal número 2 de Santiago de Compostela ha condenado a dos años y seis meses de cárcel a Francisco Garzón, el maquinista del tren Alvia que descarriló en la curva de Angrois el 24 de julio de 2013, y al que fue director de Seguridad en la Circulación de Adif, Andrés Cortabitarte, por 79 delitos de homicidio y 143 delitos de lesiones por imprudencia grave.

El macrojuicio del caso Alvia, tren accidentado en julio de 2013, finalizó hace un año con las conclusiones finales de las defensas de los acusados, tras varios meses –de octubre a febrero en la fase penal y de febrero a junio en la fase civil– y casi 700 intervinientes, entre testigos y peritos. En el banquillo se sentaron tanto el maquinista, Francisco José Garzón Amo, como el exdirector de seguridad en la circulación del Adif, Andrés Cortabitarte. Para ambos pidieron cuatro años de cárcel por 80 delitos de homicidio imprudente y 145 delitos de lesiones por imprudencia profesional grave.

Han pasado ya once años desde el terrible suceso donde, una tarde de julio, descarriló el tren que dejó 80 muertos y 145 heridos.

Según el fallo facilitado este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, la pena es por la comisión de 79 delitos de homicidio y 143 de lesiones por imprudencia grave.

Además, se les ha inhabilitado a ambos para el ejercicio de sus profesiones durante cuatro años y medio y se les ha impuesto el pago de una indemnización, con responsabilidad civil directa de las entidades QBE y Allianz Global, aseguradoras, respectivamente, de Renfe Operadora y Adif, de más de 25 millones de euros a las víctimas de ese siniestro ferroviario.

La magistrada María Elena Fernández Currás identifica como causas del descarrilamiento ocurrido en la curva de La Grandeira, a la altura del barrio de Angrois, la ausencia de medidas para mitigar el riesgo de circular con un sistema de seguridad «que dejaba toda la responsabilidad en manos del conductor» y al «descuido» de éste último al recibir una llamada del interventor de a bordo, Antonio Martín Marugán.

La jueza considera acreditado que, además de la llamada de 100 segundos recibida por el maquinista, que hizo que se despistase, otra de las razones por las que el tren pudo haber tomado el giro próximo a la estación a una velocidad en la que el descarrilamiento era «seguro» -176 kilómetros por hora- fue que «no había nada en la vía que lo protegiese en caso de que, por cualquier causa, el maquinista no cumpliese la obligación que le imponía el cuadro de velocidades máximas de llegar a ese punto a 80 kilómetros por hora».

Según la Justicia, los acusados actuaron de manera que supuso un «incremento ilícito del riesgo» cuando su ocupación suponía la «capacitación para evitarlo».

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