Condenan al Ayuntamiento de Vigo a indemnizar a un funcionario por asumir más funciones
El empleado público reclamó el cobro de las productividades por el aumento de la carga de trabajo
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha reconocido el derecho de un funcionario del Ayuntamiento de Vigo a cobrar productividades por haber asumido más funciones de las que le correspondían como jefe del departamento de Comercio, después de que esta concejalía empezara a encargarse también de la gestión de eventos como la Navidad y otras «fiestas especiales», lo que suponía un mayor esfuerzo, dedicación y responsabilidad para este trabajador municipal.
El trabajador, funcionario de carrera del Ayuntamiento olívico, ostenta desde el año 2016 el puesto de jefe de Comercio. En el año 2019, se produce una reorganización en la estructura de gobierno municipal, y se atribuyen al área de Parques, Comercio y Distritos también las competencias en Fiestas Especiales.
En esa resolución, además, se atribuyen expresamente a este trabajador «competencias y funciones no adscritas a su puesto, relacionadas con fiestas y eventos culturales de carácter especial para la ciudad», aunque ya venía desempeñándolas desde 2018.
Tras ese cambio, el funcionario reclamó, hasta en tres ocasiones, el cobro de las productividades vinculadas a ese aumento de carga de trabajo por el «especial rendimiento y actividad laboral extraordinaria», con mayor dedicación fuera de su jornada ordinaria, entre los años 2018 y 2022. Salvo en el caso del año 2020, en el que se le reconocieron las productividades (por valor de algo más de 4.500 euros), sus pretensiones no fueron atendidas.
El funcionario llevó su caso a los tribunales y el juzgado de lo Contencioso Administrativo 2 de Vigo estimó parcialmente su recurso, declarando el derecho del trabajador a cobrar esas productividades.
El Ayuntamiento de Vigo, presidido por el socialista Abel Caballero, presentó recurso y, en una sentencia de noviembre pasado, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha confirmado la sentencia del juzgado vigués.