Fundado en 1910
Ione Belarra en una sesión del Senado

Ione Belarra en una sesión del SenadoGTRES

Nuevos permisos de conciliación: cinco días al año y ocho semanas hasta que el hijo cumpla 8

Las tres medidas aprobadas el lunes en el Consejo de Ministros se han puesto ya en marcha tras la publicación en el BOE este jueves del Real Decreto de medidas anticrisis

Los trabajadores con hijos contarán a partir de ahora con algunas facilidades para compaginar el desempeño de su actividad laboral con el cuidado familiar, gracias a los nuevos permisos aprobados por el Gobierno para favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar, los tres que estaban recogidos en la Ley de Familias que finalmente no ha sido aprobada por el adelanto electoral.

El primero de los permisos supone cinco días al año por cuidado de un familiar por enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que no requiera hospitalización pero sí cuidados. Podrá solicitarse por un familiar hasta segundo grado, como abuelos, hermanos o nietos, o cualquier persona con la que se conviva.

El segundo permiso retribuido es un permiso de cuatro días al año por causa de fuerza mayor, por ausencia del trabajador para atender a un familiar que requiera atención inmediata, que se podrá disfrutar por horas.

Esta medida permitiría, por ejemplo, que el trabajador pueda cogerse unas horas si su hijo «ha pasado una mala noche» y «necesita quedarse en casa con él» o si sus padres «enferman y tiene que acompañarles al médico», según ha explicado la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, a través de un video publicado en sus redes sociales.

Por último, se ha aprobado un permiso parental no remunerado de 8 semanas para trabajadores con hijos hasta los 8 años, que podrán disfrutar dichos trabajadores por razones de cuidado de los hijos. Este permiso podrá disfrutarse a tiempo completo o a tiempo parcial, de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla 8 años.

En este caso, según ha apuntado Belarra, el permiso servirá para los «duros procesos de adaptación» de los hijos más pequeños en septiembre en la vuelta al colegio, o en los meses de verano en el caso de padres que «no tengan donde dejar a sus hijos». Fuentes del departamento que dirige Belarra han explicado que se ha decidido aprobar estas medidas a través de un decreto, a petición del Ministerio, ya que forman parte de la trasposición de una directiva europea sobre este tema que tiene un plazo para ser aprobada.

Los tres permisos se aplican de forma inmediata, según ha anunciado el Gobierno, tras la publicación este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto de medidas anticrisis en el que se han incluido, con el fin de poder aprobarlos de forma urgente, ya que a partir del próximo 7 de julio, con el inicio de la campaña electoral, no podrán aprobarse nuevas medidas.

Reducción de jornada

Desde el Ministerio de Trabajo, liderado por Yolanda Díaz, han informado de que este decreto incluye también una ampliación de la adaptación de la jornada de las personas con dependientes a cargo para quienes acrediten deberes de cuidado respecto de los hijos mayores de 12 años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado del trabajador, así como de otras personas dependientes cuando, estas últimas, convivan en el mismo domicilio, y que no puedan valerse por sí mismas. «En caso de negativa de la empresa, deberá justificar esta oposición o, en su caso, una eventual solución alternativa», apunta en el comunicado el equipo de Díaz.

Del mismo modo, se ha aprobado una ampliación del derecho a la reducción de jornada para el cuidado de hijos o personas a cargo con discapacidad que sean menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave, cuando el grado de discapacidad supere el 65 %, siempre que esta condición se acredite antes de cumplir los 23 años.

Además, en el caso de las familias monoparentales, el progenitor único podrá disfrutar de las ampliaciones completas de suspensión del contrato para el caso de familias con dos personas progenitoras en el supuesto de discapacidad del hijo o en nacimientos múltiples.

comentarios
tracking