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Dos niñas de la residencia de San Ildefonso cantan uno de los premios del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad 2022

Dos niñas de la residencia de San Ildefonso cantan uno de los premiosEuropa Press

¿Es legal que me cobren recargo por un décimo de Lotería de Navidad en un bar?

En el caso de que se adquiera en lugares que no sean una administración pública de Loterías y Apuestas del Estado, es posible que el cliente pague un recargo

Restan únicamente dos semanas para que llegue diciembre, el mes en el que más lotería se vende en España. Asimismo, la cuenta atrás para el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad ya ha comenzado, y en cuestión de semanas serán muchos los españoles que estén atentos a la televisión y escuchen con detenimiento los cánticos de los niños de San Ildefonso.

Cada año, el 22 de diciembre se convierte en una jornada llena de ilusión y esperanza. Desde la mañana, en el Teatro Real de Madrid comienzan a cantarse los diferentes premios de este sorteo, lo cual marca el inicio de la temporada navideña en el país. A su vez, en el momento en que sale el Gordo de la Navidad, las emociones se desbordan por las calles de las ciudades premiadas.

Desde hace años, el precio de los décimos es de 20 euros, ya que esta es la cantidad que se debe pagar para adquirir una de estas participaciones. No obstante, aunque este precio se mantiene desde la introducción del euro en España, el coste ha ido aumentando progresivamente desde la segunda mitad del siglo pasado.

Este es el precio oficial, pero si el décimo se adquiere en lugares distintos a una administración pública de Loterías y Apuestas del Estado, es posible que el cliente pague un recargo de dos euros. De este modo, el precio del décimo de la Lotería de Navidad sería de 22 euros.

¿Es legal este recargo?

Tal y como establece el artículo 8 de la Instrucción General de Loterías, es legal un recargo de dos euros «siempre y cuando la entidad esté autorizada expresamente por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE)». Además, la norma indica que está «prohibida la reventa con sobreprecio», que se castiga según la legislación vigente en materia de contrabando y defraudación.

Un ejemplo de ello son los décimos vendidos por clubes deportivos y otras asociaciones, que incluyen un recargo adicional. Este importe, que es legal, actúa como una participación y se destina como donación a la organización.

Con todo, es posible que algunos establecimientos que cuentan con el permiso de la SELAE cobren esos dos euros adicionales, pero en ningún caso pueden hacerlo restaurantes, bares y otros comercios.

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