Lotería Navidad 2024 Todo lo que debes saber para lidiar con Hacienda si te toca la Lotería de Navidad
Cada año, el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad, que se celebra el 22 de diciembre, reparte millones de euros entre los más afortunados. Sin embargo, todos los ganadores tienen que andarse con ojo, porque aquellos que hayan obtenido un premio superior a los 40.000 euros tendrán que pagar a Hacienda el 20 %.
Así, por cada décimo premiado del Gordo de Navidad con 400.000 euros, quedarán exentos de impuestos los primeros 40.000 euros. De los 360.000 euros restantes, hay que tributar a Hacienda el 20 %. Por lo que 72.000 euros se los quedará la Agencia Tributaria y 328.000 se los quedará el ganador.
En el segundo premio, dotado con 125.000 euros, se pagarán impuestos sobre 85.000 euros, por lo que Hacienda se quedará con 17.000 euros del total y el premiado recibirá 108.000 euros. En el caso de los ganadores de los 50.000 euros del tercer premio, la fórmula es la misma. En este caso, si 40.000 euros están exentos, a Hacienda se le paga el 20 % de 10.000, es decir, 2.000 euros, el afortunado se lleva, por tanto, 48.000 euros.
¿Y si comparto el premio?
Los décimos premiados deben cobrarse en un plazo de tres meses. Pasado ese tiempo, la ley establece que sea Hacienda la que perciba la cantidad no demandada y que, por tanto, se embolse a las arcas públicas.
Si el premio obtenido es inferior a 2.000 euros por décimo o resguardo, se debe acudir a uno de los puntos de venta de la red comercial de Loterías y Apuestas del Estado. Ahora bien, si el premio supera los 2.000 euros, es necesario ir presencialmente a un banco o caja de ahorro y el pago se realizará mediante cheque o transferencia bancaria.
Si el boleto premiado es compartido, en primer lugar «se debe distribuir los 40.000 euros que están exentos entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación», explican desde TaxDown. Posteriormente es crucial que todos los premiados acudan a una entidad bancaria a cobrar el premio y se identifiquen, ya que si no lo hacen la persona que acuda como titular del décimo «podría enfrentarse al pago del impuesto de donaciones si transfiere el premio a los otros participantes sin haber hecho el paso previo de identificarlos en el banco», añaden desde la startup.
Reventa de décimos
Según el Real Decreto del 23 de marzo de 1956, que regula la Instrucción General de Lotería, «la venta de billetes solo podrá efectuarse en las Administraciones de Loterías legalmente establecidas, cuyos titulares, si lo estiman necesario, podrán valerse de vendedores autorizados». Lo que significa que no se puede comprar un décimo de lotería y revenderlo sin autorización expresa por parte de Loterías y Apuestas del Estado.
Si se cuenta con autorización, el importe del décimo nunca podrá tener un importe superior por comisión del 20 %. Es decir, que el precio máximo por décimo no puede superar los 24 euros —20 euros más 4 euros de comisión—.
En cuanto a las multas por revender un décimo premiado de la Lotería de Navidad, según informan desde TaxDown, si el vendedor está intentando ayudar a posibles defraudadores a blanquear dinero, podría enfrentarse a sanciones por valor de incluso más de la mitad de lo que ganó con el décimo premiado.