Un poco de Derecho
El proceso secesionista catalán no ha sido siempre pacífico y nunca puede ser legal; ahí están las sentencias y los detenidos y fugados
El PSOE ha consumado uno de los mayores desafueros de la historia del parlamentarismo español y nos ha situado en un panorama de discordia semejante al de la Segunda República. Gracias a Dios, las circunstancias sociales y mundiales son muy diferentes. El silencio de Sánchez es cobarde o culpable o ambas cosas. En cualquier caso, es un desprecio al pueblo español, al Parlamento y al candidato propuesto por el Rey y, por ello, al propio Monarca. Queda ahora comprobar si consuman su entrega de las exigencias de los separatistas. Ya han cedido la primera: el uso de las lenguas mal llamadas cooficiales en el Parlamento. Y digo mal llamadas porque el artículo 3 de la Constitución establece que estas lenguas «son oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos». Por lo tanto, no son oficiales en el resto de la Nación. Para dejarlo más claro aún: el catalán es cooficial en Cataluña, pero no en el resto de España.
La unidad nacional es un bien histórico, cultural, jurídico y moral. Incluso teológico, pues es sabido que uno de los atributos esenciales del diablo es su capacidad para provocar la división. Es el espíritu de la discordia. Detengámonos un momento en el problema jurídico de la autodeterminación. La cosa no ofrece dudas, diga lo que eventualmente pueda decir el Tribunal Constitucional. El artículo 1.2 de la Constitución afirma: «La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado». Parece claro. Atribuir soberanía a una parte de la Nación vulneraría este precepto, incluso para los erráticos devotos del uso alternativo del Derecho, es decir, de quienes lo ponen al servicio de su ideología o sus intereses.
Por si esto no bastara, el artículo 2 de la Carta Magna rubrica: «La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles…». Parece claro. ¿Por qué guarda silencio el presidente del Gobierno sobre esto, como hace sobre la también inconstitucional amnistía? No es sólo que la Constitución afirme la unidad nacional, sino que además establece que ella misma se fundamenta en esa unidad «indivisible». Un referéndum de autodeterminación vulneraría este precepto, aunque su resultado fuera favorable a la unidad, ya que ésta no se puede someter a consulta. Un viejo aforismo jurídico afirma que «in claris non fit interpretatio», lo que, traducido a la única lengua oficial de toda España, especialmente dedicado al eximio portavoz del PSOE y afines, significa que sobre lo claro no cabe interpretación. Entonces, un eventual recurso de inconstitucionalidad podría y debería ser despachado por el Tribunal Constitucional en dos minutos y un breve párrafo.
El proceso secesionista catalán no ha sido siempre pacífico y nunca puede ser legal. Ahí están las sentencias y los detenidos y fugados, que ahora se pretende amnistiar. Sí es legal defender la independencia y buscarla por medios legales. Pero, a la vista de los dos primeros artículos de la Constitución, ¿es esto último posible? Creo que hay un solo camino y consiste en la reforma, al menos, de los dos primeros artículos de la Constitución. Pero esa reforma no entrañaría sólo una modificación, sino su destrucción, pues se fundamenta en la unidad indivisible de la Nación española, y en la consiguiente apertura de un proceso constituyente. Muerte de la Carta Magna, fin de la Transición y, muy probablemente, cancelación de la democracia. En cualquier caso, el proceso requeriría el voto favorable de, al menos, dos tercios del Congreso y la mayoría «progresista», incluidos por supuesto Junts y el PNV no alcanzan esa cifra. Y además habría que celebrar un referéndum si lo solicita al menos la décima parte de los diputados. Lo que traducido al lenguaje de los portavoces socialistas requeriría la colaboración de la minoría fascista, que suma más votos que el PSOE y Sumar juntos. Sobre esto puede leerse con provecho el artículo 168 de la Constitución todavía vigente. En conclusión, el secesionismo necesitaría dos tercios de la Cámara y un referéndum en toda España, no sólo en Cataluña. No bastaría con la traición de Sánchez.