Dejar al perro o al gato en la terraza o el patio acarreará multas de hasta 50.000 euros
La ley de bienestar animal, que entra en vigor este mes de septiembre, prohíbe también que las mascotas deambulen por un pueblo
La controvertida ley de bienestar animal entrará en vigor seis meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), esto es, el próximo día 29 de septiembre. La norma estuvo a punto de no ser aprobada debido a las desavenencias entre los dos socios del Gobierno, PSOE y Podemos, ya que los primeros querían excluir a los perros de caza. Algo que finalmente consiguieron gracias a una enmienda de los propios socialistas que fue apoyada por PP, PNV, Vox y Coalición Canaria.
Sin embargo, la ministra de Derechos Sociales en funciones, Ione Belarra, e impulsora del texto, lamentó el pasado mes de marzo que la ley de bienestar no incluyera a los perros de caza por culpa «de una minoría» y los «bulos de los medios». A pesar de todo, la norma salió adelante y ahora dueños, veterinarios y comerciantes de animales se tendrán que adaptar a ella.
Existen varios puntos polémicos que tienen que ver con la obligatoriedad para los dueños de realizar un cursillo o de tener un seguro de responsabilidad civil, así como por las numerosas prohibiciones de actos que hasta ahora eran considerados habituales.
Uno de los más curiosos es la prohibición específica de tener a los animales de compañía de forma habitual en ciertas partes de la vivienda. Aunque algunos de ellos son obvios (trasteros, sótanos o vehículos), otros llaman la atención, como es el caso de terrazas, balcones o azoteas, sin especificar las medidas de estas. Así se indica en el artículo 27, apartado 'e' del proyecto de ley:
Artículo 27
e) Mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos.
Son muchos los que dejan que su mascota pase la mayor parte del tiempo en la terraza o el patio, ya que estos espacios pueden llegar a ser incluso más amplios que algunas estancias de la vivienda. Sin embargo, el texto lo clasifica como una infracción grave, cuya sanción acarreará una multa de 10.001 a 50.000 euros.
Desde la aseguradora Occident recomiendan dejar al animal en estos espacios por tiempos determinados y nunca cuando no estemos en el domicilio: «Es cierto que existen terrazas y patios que cuentan con una caseta para que el animal se refugie del frío, pero es aconsejable que la mascota pase la mayor parte del tiempo en el interior de la casa».
Además, añaden que el porqué de este artículo se debe a algunas de las consecuencias de dejar a un perro en la terraza, como que le dé un golpe de calor o que intente saltar a la calle fruto del estrés.
Animales en espacios abiertos
En el mismo artículo se estipula además que está prohibido mantener a los animales de compañía «atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento». Esto choca con la costumbre en pueblos o aldeas, en los que es habitual que los perros y gatos deambulen por el vecindario sin ningún tipo de problema.
De igual manera, en el artículo 28 se enumeran las restricciones y obligaciones en el caso de los animales de compañía que se encuentren en espacios abiertos, como aquellos que se encargan de cuidar del ganado. En esos casos, se deberán instalar «estancias que protejan a los animales de las inclemencias del tiempo» acordes a las «dimensiones y necesidades fisiológicas del animal». De igual forma, es obligatorio garantizar su «acceso a bebida y alimentación, así como adecuadas condiciones higiénico-sanitarias».