El Consejo General de Dentistas, contrario al traspaso de las competencias de homologación de títulos al País Vasco
El CGD argumenta que esta decisión, sin precedentes en la Unión Europea, contraviene el principio de equidad
El Consejo General de Dentistas (CGD) ha expresado su firme oposición al traspaso de competencias en la homologación de títulos universitarios al País Vasco, incluyendo el título de dentista, aprobado por el Consejo de Ministros el 9 de abril gracias a la presión del PNV, del cual Pedro Sánchez depende para mantenerse en el poder.
Según el CGD, esta medida se origina en el acuerdo entre el PSOE y EAJ-PNV el 10 de noviembre de 2023, como parte de la formación de un Gobierno en España. Este acuerdo incluía la transferencia al País Vasco de las facultades para homologar y declarar la equivalencia de títulos obtenidos en sistemas de educación superior extranjeros.
El CGD subraya que la competencia para la homologación de títulos, establecida en la Constitución y en el Real Decreto 889/2022, corresponde al Estado, con la participación de los Consejos Generales mediante la emisión de informes sobre las solicitudes de homologación de títulos extranjeros. Por lo tanto, cuestiona la legalidad del traspaso de esta competencia al País Vasco y señala que sería un incumplimiento del reconocimiento expreso de los Consejos Generales en este proceso.
El CGD argumenta que esta decisión, sin precedentes en la Unión Europea, contraviene el principio de equidad. La existencia de un sistema autónomo de homologación de títulos podría generar diferencias que causen graves disparidades en la obtención de homologaciones.
En conclusión, el CGD rechaza rotundamente que competencias estatales que abordan asuntos de gran complejidad y sensibilidad, como la homologación de títulos, sean utilizadas como moneda de cambio por parte de los gobernantes.
Esta reacción llega unos días después de que la Organización Médica Colegial (OMC) de España se pronunciase y expresase la medida colisiona con nuestra Constitución, ya que el artículo 149.1 establece que el Estado tiene «competencia exclusiva» sobre «las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales a la competencia exclusiva del Estado».