Fundado en 1910
Botellas de agua

Botellas de aguaPxhere

Despedida por poner lejía en una botella de agua para «escarmentar» a un compañero

La mujer dejó una botella con su nombre y agregó lejía. Dos días después, otro trabajador bebió de ella y, al percibir un sabor extraño, escupió el líquido

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado el despido de una empleada que colocó lejía en una botella de agua identificada con su nombre para «dar un escarmiento» a quien bebiera de ella. La trabajadora argumentó que otros compañeros habían consumido de su botella en repetidas ocasiones, lo que agotó su paciencia.

El fallo del TSJPV confirma la sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de San Sebastián, que consideró el despido como una sanción «proporcional a la conducta cometida». Según los hechos probados, la empleada trabajaba desde 2014 como limpiadora en un polideportivo de Gipuzkoa, donde los empleados compartían un frigorífico para guardar botellas y alimentos. En este espacio también había botellas de uso común para trabajadores y clientes.

La trabajadora solía dejar su botella personal en el frigorífico, pero había experimentado situaciones molestas, como encontrarla vacía o incluso tirada en la papelera. El 3 de noviembre de 2023, dejó una botella con su nombre escrito en el tapón y agregó una cantidad de lejía al contenido. Dos días después, otro trabajador bebió de la botella y, al percibir un sabor extraño, escupió el líquido inmediatamente. Tras ser cuestionada, la empleada reconoció haber colocado lejía en la botella y añadió: «que se joda».

El compañero acudió a Urgencias, donde se le realizaron pruebas que descartaron daños en el estómago. La empresa, sin embargo, despidió a la trabajadora el 10 de noviembre de 2023, argumentando que su acción constituía un fraude, una transgresión de la buena fe contractual y un comportamiento desleal hacia sus compañeros.

La empleada presentó una demanda contra el despido, que fue desestimada por el juzgado donostiarra. Posteriormente, apeló ante el TSJPV, alegando que el despido vulneraba el principio de proporcionalidad, ya que, según ella, no hubo intención de intoxicar a nadie. Señaló que, de haber tenido dicha intención, no habría identificado la botella con su nombre. Además, argumentó que su compañero no sufrió lesiones ni hubo antecedentes de sanciones disciplinarias en su contra.

El TSJPV, sin embargo, confirmó la decisión inicial, destacando que la trabajadora actuó «conscientemente y de forma voluntaria» al añadir lejía con la intención de dar un escarmiento. La sala enfatizó que la lejía es una sustancia conocida por causar graves daños a la salud y consideró que el acto representaba una «falta muy grave de transgresión de la buena fe contractual», un principio fundamental en cualquier relación laboral.

El tribunal también descartó que factores como la ausencia de daños físicos, la falta de antecedentes disciplinarios o el hecho de que la botella estuviera identificada pudieran mitigar la gravedad de la conducta. Para el TSJPV, lo determinante fue que la trabajadora puso en peligro la salud de sus compañeros por una razón «nimia». Esta sentencia no es definitiva y puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

Temas

comentarios
tracking