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Joan Laporta, presidente del Fútbol Club Barcelona

Joan Laporta, presidente del Fútbol Club BarcelonaEFE

Investigación

El Barça imputado, ¿y ahora qué? Las consecuencias jurídicas, económicas y deportivas del caso Negreira

El Fútbol Club Barcelona ha sido imputado este jueves por cohecho en el marco del caso Negreira, la investigación por los pagos del equipo de 7,5 millones de euros en comisiones a José María Enríquez Negreira, exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA). El Debate explica hoy con detalle las consecuencias jurídicas, económicas y deportivas de este hecho. Además del Barça también han sido imputados los expresidentes culés Josep Maria Bartomeu y Sandro Rosell, entre otros.

Este jueves, este periódico ha desvelado en exclusiva la irrupción de un amplio efectivo de agentes de paisano de la Guardia Civil en la sede de las oficinas de los árbitros en Madrid en busca de pruebas sobre la trama de Negreira.

La primera consecuencia es obviamente jurídica. El Barça, considerado uno de los equipos de fútbol más importantes del mundo, ha sido formalmente imputado por un delito de cohecho. Es decir, por el pago de sobornos. El juez Joaquín Aguirre considera que el cohecho está probado porque el delito se consuma en el momento en el que el Barça hace los pagos. De la misma manera, el magistrado considera a Negreira funcionario a efectos penales como consecuencias de las labores que desarrollaba en el CTA. El auto de imputación está plagado de jurisprudencia del Tribunal Supremo y de destacas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La consecuencia económica más directa se centra en el estadio del Barça, que a día de hoy se encuentra de obras. El equipo tuvo que pedir un préstamo de 1.500 millones de euros para poder hacer frente a las reformas. Sin embargo, en el contrato que firmó con los financiadores se pactó que si el Barça era finalmente condenado en sentencia firme, hecho que aún no ha tenido lugar, se paralizaría la financiación. El Barça también tendría que abonar una multa a los inversores además de devolver el dinero prestado.

La UEFA y la Champions

En cuanto a las consecuencias deportivas, en España no habrá sanción incluso demostrando la culpabilidad del club culé. Los hechos han prescrito según la Ley del Deporte. El plazo máximo era de tres años y en este caso Negreira ya hace cinco años que el Barça dejó de pagar al que fuera vicepresidente de los árbitros.

Si finalmente se demuestra que el club azulgrana pagó para tener una influencia o para tener arbitrajes favorables, el castigo sería de pérdida de puntos y/o descenso de categoría. Pero al estar prescrito no se puede aplicar aun demostrando esa culpabilidad. Otra cosa es que LaLiga, como entidad privada que es, expulse al equipo de su competición y no le deje jugar el torneo, algo que sería de exclusiva potestad del organismo que preside Javier Tebas y que se antoja poco probable que pueda ocurrir.

Sería en la UEFA, a nivel europeo, donde el Barcelona sí podría tener el mayor castigo posible: quedar excluido de la competición a la que se clasifique, posiblemente la Champions. El máximo órgano del fútbol europeo indica en sus estatutos (concretamente en su artículo 50.3) que «un club que ha estado directa o indirectamente involucrado en cualquier actividad dirigida a arreglar o influir en el resultado de un partido a nivel nacional o internacional no podrá participar en la competición».

Y añade la UEFA que para ellos, como entidad privada, no es necesario que haya una sentencia judicial en firme para acometer castigos. El simple hecho de que tengan sospechas y evidencias de que lo hecho va contra el espíritu deportivo les da derecho a excluirles de su competición: «La UEFA puede basarse en la decisión de un organismo deportivo nacional o internacional, un tribunal arbitral o un tribunal estatal, pero no está obligada a ello».

La UEFA incluyó estas dos últimas frases clave en su estatuto en 2007 después de que los equipos italianos fueran sancionados por el famoso Calciopoli, el escándalo de compras a árbitros (y control de las designaciones), pero solo a nivel nacional, ya que la UEFA no contemplaba sanciones. Ese escándalo fue el detonante para que la UEFA cambiara sus estatutos y pudiera sancionar a cualquier equipo sin necesidad de una sentencia judicial. Cabe recordar que en competiciones europeas los equipos se rigen por el reglamento de la UEFA. Cuando un club se clasifica para la Champions su participación en este torneo no es automática, tiene primero que la UEFA aceptarlo. Y aquí sí podría excluir al Barça de cara a la próxima temporada, no a la actual recién iniciada. Los hechos, además, no prescriben en el ámbito del fútbol europeo.

Existen equipos ya sancionados por casos similares o de amaños de partidos, los más sonados los del Olympique de Marsella (campeón de la Champions en 1993 y excluido al año siguiente), el de los equipos turcos Fenerbahçe o Besiktas, el del griego Panathinaikos y otros equipos menores en Macedonia, Letonia y Albania.

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