Herencia en vida:¿donar dinero a los hijos para pagar menos impuestos?
Algunas comunidades autónomas bonifican las herencias, por lo que donar no siempre es la opción más económica
Actualmente, en España, es posible acceder a un legado de dos formas: a través de una donación hecha en vida o a través de una herencia tras el fallecimiento. Con ambas vías es necesario pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, del cual son responsables las comunidades autónomas, por lo que pueden existir diferencias debido a las deducciones que se aplican en cada región.
Por norma general, lo cierto es que resulta más económico heredar que recibir una donación. No obstante hay varios factores que deben tenerse en cuenta:
- El parentesco
- El valor de los bienes heredados
- En el caso de que se trate de un inmueble, el lugar en el que se encuentre este
Las diferencias entre una herencia y una donación
La herencia, como explica el Código Civil español es «la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte», mientras que una donación es un «acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta».
Es decir, la principal diferencia entre ellas es que, en la herencia, se reparte el patrimonio de una persona después de su fallecimiento, mientras que la donación consiste en un traspaso de bienes en vida.
¿Pero cuáles son las diferencias fiscales?
En primer lugar, a la hora de liquidar los impuestos, los plazos son diferentes en las donaciones y en las herencias. En las primeras el impuesto debe liquidarse en un mes y podrán disponerse de los bienes desde el momento de la donación, mientras que los herederos tienen seis meses, prorrogables seis meses más, para saldar cuentas con Hacienda y poder acceder a la herencia.
Por otro lado, la donación se liquida en la comunidad en la que reside el donatario, mientras que la herencia debe tributarse en el lugar de residencia del finado o donde se encuentren la mayor parte de sus bienes.
Impuesto de Sucesiones y Donaciones
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es el que regula las herencias y las donaciones en vida y la normativa estatal establece una tarifa que va desde el 7,65 % hasta el 34 % en función del montante de la base liquidable. Es decir, en un principio, cuanto más se recibe, más se tiene que pagar. Sin embargo, como hemos mencionado anteriormente, este impuesto se regula diferente en cada comunidad, por lo que pueden producirse diferencias importantes.
Así, por ejemplo, en lo que respecta a las herencias, los descendientes y adoptados menores de 21 año pagan importes simbólicos a la hora de heredar en comunidades como Asturias, Baleares o Galicia, entre otras, mientras que un contribuyente de 30 años, descendiente directo, podría llegar a pagar si heredase 800.000 euros unos 100.000 euros en concepto de impuestos en Asturias.
Según recoge el informe Panorama de la Fiscalidad Autonómica y Foral 2022, del Consejo General de Economistas (CGE) y el Registro de Asesores Ficales (REAF), si en lugar de heredar, la persona de 30 años anteriormente mencionada recibiera una donación, no pagaría nada en Cantabria y poco más de 2.000 euros en Andalucía, Murcia o Madrid. En regiones como Extremadura, a un tipo del 34 %, tendría que pagar más de 200.000 euros.
Otros impuestos
Pero el Impuesto de Sucesiones y Donaciones no es el único que afectará a las herencias y los bienes donados.
- Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF): Este impuesto exime a las herencias pero vigila a las donaciones.
- Impuesto de Plusvalía: Depende de cada municipio
¿Y qué es mejor?
En definitiva, la decisión de donar o heredar para pagar menos impuestos será diferente en cada comunidad, aunque es cierto que son más las regiones que bonifican las herencias que las que lo hacen con las donaciones. De hecho, por norma general, desde una perspectiva fiscal y de costes, heredar suele ser más barato que recibir una donación en vida.