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Elecciones 28-M

Voto por correo: todo lo que debes saber para las elecciones autonómicas y municipales de 2023

El próximo domingo 28 de mayo se celebran elecciones municipales y autonómicas

El pasado martes, 4 de abril, se abría el plazo para solicitar el voto por correo para las próximas elecciones autonómicas y municipales el 28 de mayo. Los españoles que decidan ejercer su derecho al voto por esta vía tendrán hasta el jueves 18 de mayo para solicitarlo. Una vez que se opte por esta forma, no se podrá ejercer el voto de forma presencian en las urnas.

Cómo solicitar el voto por correo

Para solicitar el voto por correo hay que seguir los siguientes pasos:

  1. Recoger el impreso de la solicitud, que está disponible a partir del pasado martes en cualquier oficina de Correos. El plazo para solicitar el impreso cierra el 18 de mayo, diez días antes de la celebración de las elecciones.
  2. Cumplimentar el impreso de solicitud, indicando la dirección postal a la que se dirige la documentación electoral, ya sea el domicilio personal u otra.
  3. Una vez rellenado el impreso, enviar el documento a través de una oficia de Correos, siempre enseñando el DNI.
  4. Una vez hecho esto, la Oficina del Censo Electoral enviará por correo certificado la documentación correspondiente hasta seis días antes de las elecciones, es decir, el 22 de mayo. Los documentos deben ser recogidos personalmente y debe acreditarse siempre la identidad. El elector recibirá en la dirección indicada las distintas papeletas y los sobres, el certificado de inscripción al censo, una hoja que explica todo el proceso e información sobre la mesa electoral correspondiente.
  5. Remitir el sobre con la papeleta elegida correspondiente a una Oficina de correos. El plazo termina el 24 de mayo, cuatro días antes de las elecciones.

Solicitar el voto por correo de forma telemática

Aquellos que lo deseen podrán también solicitar el voto por correo de forma telemática a través de la web oficial de Correos, sin tener que acudir presencialmente a una oficina postal. Para ello el solicitante debe tener firma electrónica.

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