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l presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la vicepresidenta segunda, Yolanda DíazEuropa Press

Amnistía a la carta: el PSOE y Sumar podrían circunscribir la ley a un periodo y a un territorio concretos

La Ley de Amnistía de 1977 asegura que quedaban amnistiados «todos los actos de intencionalidad política, cualquiera que fuese su resultado, tipificados como delitos y faltas realizados con anterioridad al 15 de diciembre de 1976». Así pues, esta fórmula, con un límite territorial implícito –España– y un límite temporal explícito –con anterioridad al 15 de diciembre de 1976– es la que podrían emplear el PSOE y Sumar para amnistiar a los líderes independentistas.

El Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia, Vicente Garrido, ha relatado a El Debate que él considera que la amnistía se materializaría «a través de una ley, aprobada por las Cortes Generales». «El Congreso la aprobará, el Senado no la aprobará porque tiene mayoría el Partido Popular, pero luego prevalece la posición del Congreso. Y la ley dirá que quedan amnistiados todos aquellos que a partir de una fecha determinada hayan cometido en Cataluña una lista de delitos», ha añadido.

Por su parte, Carlos Pérez del Valle, Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Abad Oliva CEU, ha expuesto que «una amnistía, por su propia naturaleza, debería –o puede afectar– a hechos concretos durante un periodo concreto de tiempo. Al igual que la amnistía de la Transición, que hablaba de actos con intencionalidad política».

El caso de Borrràs

La formación que lidera Carles Puigdemont ya ha manifestado su intención de que en la amnistía también se incluya a Laura Borràs, actual presidenta de Junts. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) castigó a Borràs por irregularidades en su gestión de la Institución de las Letras Catalanas (ILC), entidad que encabezó entre 2013 y 2018. En consecuencia, fue condenada a 13 años de inhabilitación para cargo público y a 4 años y medio de prisión por los delitos de falsedad en documento oficial y como inductora de falsedad en documento mercantil.

«La adjudicación realizada por la Sra. Borràs i Castanyer en favor del Sr. H.F., además de haberse aprobado con absoluta ajenidad a cualquier procedimiento de contratación, carece de toda descripción sobre las características de los trabajos o servicios a prestar por el adjudicatario, el Sr. H., como son desconocidas las condiciones esenciales de la prestación comprometida, entre ellas los términos y plazos de entrega, duración del contrato, precio y cálculo de valor de los servicios adjudicados», dictamina la sentencia para después añadir que «se trató de un contrato diseñado, decidido y ejecutado con único sometimiento a la voluntad personal de quien tenía toda la autoridad para contratar y autorizar su pago, la Sra. Borràs i Castanyer como directora de la ILC».

Asimismo, el Tribunal propuso «elevar al Gobierno una propuesta de indulto parcial de la pena de prisión en aquella parte que vaya a exceder de los dos años». Por su parte, su caso fue valorado el pasado 31 de marzo por el presidente del Gobierno y secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, que subrayó que «respecto a la sentencia a la señora Borràs, reitero, es importante recordarlo, estamos hablando de un caso flagrante de prevaricación, y de mal uso de los recursos públicos».

Para el Catedrático Vicente Garrido, «los independentistas catalanes quieren incorporar también en la amnistía el delito de prevaricación de la señora Laura Borràs, que no tiene nada que ver con el procés, sino que está imputada y condenada por prevaricación, por corrupción. Es alucinante». «El caso de Laura Borràs sería el del indulto, ya que está juzgada y condenada», ha agregado.

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